Resolución de la SES de 10 de junio de 2021, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del SNS sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19

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Resolución de la SES de 10 de junio de 2021, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del SNS sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19.

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado número 139 de fecha 11 de junio de 2021, la Resolución de 10 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre modificación de la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19.

El pasado día 7 de junio de 2021 publicamos la Resolución de la SES de 4 de junio de 2021, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del SNS sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19.

 

Extracto del texto normativo:

ANEXO

Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre modificación de la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19

En atención a todo lo expuesto, de conformidad con el artículo 65.2.c) de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, el artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 24 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, acuerda:

Primero. Modificar la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 de 2 de junio de 2021 en el sentido siguiente:

1. Se eliminan los subapartados A), B) y C) del punto 1 del apartado primero y se reordenan correlativamente el resto de subapartados del mismo.

2. Se añade un nuevo párrafo al final del apartado primero, en los siguientes términos: Las medidas y recomendaciones acordadas en este apartado podrán ser objeto de revisión y flexibilización a medida y en consonancia con la evolución de los datos epidemiológicos.

3. Se añade un nuevo punto 3 al apartado primero con la siguiente redacción:

«3. Recomendaciones sobre locales de ocio nocturno y discotecas y sobre eventos y actividades multitudinarias no ordinarias.

a) Locales de ocio nocturno y discotecas:

– La apertura de los locales de ocio nocturno se podrá autorizar en función de la evolución de los datos epidemiológicos y en base a las recomendaciones del documento “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19”.

– El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 02:00 horas, pudiendo ampliarse en función de la evolución de los datos epidemiológicos en el territorio.

b) Eventos y actividades multitudinarias no ordinarias:

– Se aplicarán las medidas de control de riesgos de transmisión del SARS-CoV-2 propuestas en el documento de “Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisión de COVID-19” aprobado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y publicado en la página web del Ministerio de Sanidad a todos los eventos multitudinarios que cumplan la definición incluida en dicho documento.

– Los organizadores de los eventos multitudinarios, en coordinación con las autoridades locales, deberán realizar una evaluación del riesgo del mismo conforme a lo previsto en el documento “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España”, acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de esta evaluación, se deberán implementar las medidas específicas adicionales de reducción de riesgos de transmisión si fuera necesario. Esta evaluación de riesgo debe estar disponible para las autoridades sanitarias en caso de que se requiera.»

Segundo.

La Comunidad Autónoma del País Vasco decidió no participar en la votación.

La presente declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía, con independencia del sentido de su voto, de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre los Acuerdos de Conferencia Sectorial referidos a un ámbito material, el sanitario, en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general.

Tercero.

Esta modificación de la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 de 2 de junio de 2021, producirá efectos desde su notificación a las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía, y hasta que se apruebe por la Ministra de Sanidad la finalización de su vigencia, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de todas las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía.

 

Ver la Resolución completa en BOE nº 139.

 


 

Normas anteriores:

El pasado 22 de junio de 2020 comunicamos: Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 19 de junio de 2020). Estas se modificaron y que puede ver en Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 3 de julio de 2020). Posteriormente, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 4 de agosto de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 13 de agosto de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 20 de agosto de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 28 de agosto de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 4 de septiembre de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 10 de septiembre de 2020) y tutorial prevención covid-19 para curso 2020-2021, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 2 de octubre de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 8 de octubre de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 12 de noviembre de 2020) y Decreto 78/2020, de 12 de noviembre, declara el estado de alarma en Tenerife, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (3 de diciembre de 2020) y Decreto 84/2020, de 3 de diciembre, medidas específicas para la celebración de las Fiestas Navideñas, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (4 de diciembre de 2020) y Decreto 86/2020, de 4 de diciembre, nuevas medidas en el ámbito de la isla de Tenerife, Cierre perimetral de la Comunidad Autónoma de Canarias (Decreto 87/2020, de 9 de diciembre), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (10 de diciembre de 2020) y Decreto 88/2020, de 10 de diciembre, prórroga de la medida de limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, adoptada por Decreto 86/2020, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (18 de diciembre de 2020) y Decreto 91/2020, de 16 de diciembre, nuevas medidas en el ámbito de la isla de Tenerife, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (23 de diciembre de 2020) y Decreto 94/2020, de 23 de diciembre, establecen medidas ámbito Canarias, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (29 de diciembre de 2020) y Decreto 100/2020, de 29 de diciembre, prórroga medidas en el ámbito de la isla de Tenerife. Además de la nota informativa del SCS relativa a medidas preventivas para las celebraciones de nochevieja y año nuevo en Canarias, Decreto 101/2020, de 30 de diciembre, medidas específicas de carácter extraordinario durante la preparación y celebración de las Fiestas Navideñas en la isla de Tenerife, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (8 de enero de 2021) y Decreto 1/2021, de 7 de enero, por el que se establecen medidas específicas y temporales. Además de la Orden de 8 de enero de prórroga de cribados mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros y pasajeras que entren en Canarias y Decreto 3/2021, de 18 de enero, que modifica el Decreto 1/2021, que se establecen medidas específicas y temporales en Canarias, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (21 de enero de 2021) y Decreto 5/2021, de 21 de enero, se actualiza el Decreto 94/2020, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la CAC, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (28 de enero de 2021), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (11 de febrero de 2021) y Decreto 7/2021, de 11 de febrero, medidas para el periodo de las consideradas tradicionalmente como «Fiestas de Carnaval», Decreto 8/2021, de 23 de febrero, se actualiza el Decreto 94/2020, de 23 de diciembre, establece medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (1 de marzo de 2021) y Decreto 9/2021, de 1 de marzo, actualización de las medidas de prevención CAC, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (12 de marzo de 2021) y Decreto 14/2021, de 11 de marzo, medidas específicas y temporales, en las islas de Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (19 de marzo de 2021) y Decreto 16/2021, de 18 de marzo, medidas específicas y temporales, con motivo de la Semana Santa de 2021, además de actualizar medidas establecimientos residenciales de personas mayores y con discapacidad, públicos o privados,Condiciones y requisitos por limitación de la movilidad interinsular en la CAC (Decreto 16/2021) y listado de laboratorios autorizados para COVID-19, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (31 de marzo de 2021), Orden de 10 de abril exigencia de PDIA a quien entre en Canarias desde resto de territorio, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (22 de abril de 2021) y Decreto 28/2021, de 22 de abril, medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, Decreto 30/2021, de 28 de abril, actualiza el Decreto 94/2020, de 23 de diciembre, que establece medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, Nuevas medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias tras la finalización del estado de alarma (Ley 1/2021, de 29 de abril y medidas mediante Acuerdo del Gobierno de 6 de mayo de 2021), Orden de 7 de mayo de 2021 prorroga exigencia de PDIA a quien entre en Canarias desde resto de territorio, Acuerdo relativo al análisis de los autos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 9 y 10 de mayo de 2021, en relación a las medidas aprobadas por el Gobierno el 6/5/2021 y Nuevas medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias tras la finalización del estado de alarma (medidas mediante Acuerdo del Gobierno de 12 de mayo de 2021). Por último, Condiciones de acceso a los establecimientos turísticos de alojamiento de Canarias durante la pandemia COVID-19 (medidas mediante Acuerdo del Gobierno de 27 de mayo de 2021).

Recordar que existen unas normas a nivel estatal que publicamos el 15 de junio de 2020: Medidas de la nueva normalidad (Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio), además de Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma.

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 11 de junio de 2021.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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