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Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado número 160 de fecha 6 de junio de 2020, la Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Extracto del texto normativo:
“…
Artículo primero. Modificación de la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad.
El artículo 2 de la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad, queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 2. Condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre.
1. En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L, en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero) podrán viajar dos personas. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
2. En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio.
3. En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
4. En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
5. En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que guarden la máxima distancia posible.
6. En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se podrán usar la totalidad de los asientos. Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.
7. En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, podrán ocuparse la totalidad de las plazas sentadas, y se mantendrá una referencia de ocupación de dos usuarios por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie, debiendo procurarse, en todo caso, la mayor separación entre los pasajeros.»
Artículo segundo. Modificación de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Se deja sin contenido el anexo de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Artículo tercero. Modificación de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad:
Uno. Se modifica el párrafo b) del apartado 2 del artículo 38 que queda redactado en los siguientes términos:
«b) Tratándose de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir más de cuatrocientas personas.»
Dos. Se añade una nueva sección 5.ª al capítulo VIII con la siguiente redacción:
«Sección 5.ª Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas
Artículo 38 bis. Actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas.
1. Todos las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre, cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, podrán reanudar la misma, siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no se supere un tercio del aforo autorizado, y en todo caso, un máximo de cuatrocientas personas.
2. Serán de aplicación en el desarrollo de las actividades previstas en el apartado anterior los requisitos y medidas contemplados en los artículos 34 a 37 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, y en los apartados 4 a 7 del artículo 38 anterior.
3. Aquellos materiales que sean suministrados a los usuarios durante el desarrollo de la actividad y que sean de uso compartido deberán ser desinfectados después de cada uso.
4. En el caso que en las recintos e instalaciones taurinas se prestaran servicios de hostelería y restauración se deberá estar a lo previsto en el capítulo IV.»
Tres. Se modifica el anexo que queda redactado en los siguientes términos:
«ANEXO
Unidades territoriales
7. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.
8. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, las provincias de Albacete, Ciudad Real y Toledo.
9. En la Comunidad Autónoma de Cataluña, las regiones sanitarias de Girona, Catalunya Central, Lleida y Barcelona.
10. En la Comunidad Valenciana, las provincias de Castellón/Castelló, Valencia/València, y Alicante/Alacant.
17. La Ciudad Autónoma de Ceuta.
19. En la Comunidad de Madrid, la provincia de Madrid.»
Artículo cuarto. Modificación de la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad:
Uno. Se modifica el apartado 1 y se añade un apartado 6 en el artículo 18 con la siguiente redacción:
«1. Podrá procederse a la apertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en este capítulo.»
«6. Podrá procederse a la reapertura al público de locales de discotecas y bares de ocio nocturno siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en este capítulo. En todo caso, podrá procederse a la apertura al público de las terrazas al aire libre de estos establecimientos en las mismas condiciones y con los mismos requisitos previstos en los apartados 4 y 5.
Cuando existiera en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.»
Dos. Se modifica el párrafo primero del artículo 19 que queda redactado como sigue:
«En la prestación del servicio en los locales de hostelería y restauración, discotecas y bares de ocio nocturno a los que se refiere el artículo anterior, deberán respetarse las siguientes medidas de higiene y prevención:»
Tres. Se añade una nueva sección 5.ª al capítulo VI con la siguiente redacción:
«Sección 5.ª Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas
Artículo 30 bis. Actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas.
1. Todas las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas, y no se supere la mitad del aforo autorizado, y en todo caso, un máximo de ochocientas personas.
2. Serán de aplicación en el desarrollo de las actividades previstas en el apartado anterior los requisitos y medidas contemplados en los artículos 34 a 37 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, así como los apartados 4 a 7 del artículo 38 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo.
3. Aquellos materiales que sean suministrados a los usuarios durante el desarrollo de la actividad y que sean de uso compartido deberán ser desinfectados después de cada uso.
4. En el caso que en las recintos e instalaciones taurinas se prestaran servicios de hostelería y restauración se deberá estar a lo previsto en el capítulo IV.»
Cuatro. Se modifica el apartado 1 del artículo 41 que queda redactado en los siguientes términos:
«1. Podrá procederse a la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego.
Esta reapertura queda condicionada a que no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado. Asimismo, deberán cumplirse las restantes condiciones y requisitos previstos con carácter general en esta orden.»
Cinco. Se modifica el anexo que queda redactado en los siguientes términos:
«ANEXO
Unidades territoriales
1. La Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La Comunidad Autónoma de Aragón.
3. La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
4. La Comunidad Autónoma de Illes Balears.
5. La Comunidad Autónoma de Canarias.
6. La Comunidad Autónoma de Cantabria.
8. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la unidad territorial formada por las provincias de Guadalajara y Cuenca.
9. En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la unidad territorial formada por las regiones sanitarias de Camp de Tarragona y Terres de l’Ebre, y la unidad territorial formada por la región sanitaria de Alt Pirineu i Aran.
11. En la Comunidad Autónoma de Extremadura, la unidad territorial formada por la provincia de Cáceres y la unidad territorial formada por la provincia de Badajoz.
12. La Comunidad Autónoma de Galicia.
13. La Región de Murcia.
14. La Comunidad Foral de Navarra.
15. La Comunidad Autónoma del País Vasco.
16. La Comunidad Autónoma de La Rioja.
18. La Ciudad Autónoma de Melilla.»
Disposición final primera. Régimen de recursos.
…
Disposición final segunda. Efectos y vigencia.
La presente orden surtirá plenos efectos desde las 00.00 horas del día 8 de junio y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
…”
Ver la Orden completa en BOE nº 160.
Más información en:
- Mensaje anterior: INGRESO MÍNIMO VITAL (actualizado 01-06-2020)/a>.
- CSIF espera que el Supremo admita a trámite la querella contra Sanidad, tras la condena al Gobierno de Aragón.
- CSIF solicita se convoque todos los Comités de Seguridad y Salud para ver las medidas de la desescalada COVID-19.
- Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
- Instrucción que establece los criterios de organización y coordinación de registros y atención a la ciudadanía en el ámbito de la AGCAC (Resolución de 25/5/2020).
- Ficha informativa de buenas prácticas frente a la exposición al COVID-19 y CSIF apuesta por teletrabajo.
- Procedimiento medidas prevención frente COVID-19 versión 18 de mayo de 2020 e instrucciones para el personal especialmente sensible y para el estudio y manejo de casos compatibles con Covid19.
- CSIF te informa sobre el Teletrabajo ¿Cómo gestionarlo?.
- Resumen del Comité de Seguridad y Salud de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes celebrada el 22 de mayo 2020.
- El Consejo de Ministros atiende la reivindicación de CSIF y reconoce como accidente de trabajo el contagio por Covid-19.
- MEDIDAS DE PREVENCIÓN ANTE EL CORONAVIRUS.
- Incorporación a los centros educativos el personal PAS (23/5/2020).
- Orden SND/442/2020, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
- Incidencias SICHO cumplimiento Resolución 505/2020 de la DGFP de recuperación de la actividad administrativa.
- Prorroga del estado de alarma y se alzará la suspensión de los plazos, por lo que se reinicia plazo para la Ayudas de Acción Social 2020.
- Aclaración de la tramitación en SICHO de las distintas modalidades de trabajo (Resolución 505/2020 de 19/5/2020) en la AGCAC.
- Oferta de puestos por Movilidad Extraordinaria de los Empleados Públicos a 20/5/2020.
- Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Infografía sobre la «Resolución 505/2020 de fecha 19 de mayo de 2020 de la Dirección General de la Función Pública».
- Ya se puede solicitar las distintas modalidades de trabajo (Resolución 505/2020 de 19/5/2020) en la AGCAC.
- Grupos vulnerables y mascarillas 15/5/2020.
- Procedimiento medidas prevención frente COVID-19. Versión 18/5/2020.
- Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
- Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.
- Resumen de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos del 13 de mayo de 2020.
- Oferta de puestos por Movilidad Extraordinaria de los Empleados Públicos a 12/5/2020.
- Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura.
- Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
- Decreto ley 9/2020, de 7 de mayo, de modificación del Decreto ley 6/2020, de 17 de abril, de medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Resolución 459/2020 de 7/5/2020, continuación de las tomas de posesión derivadas de los procesos selectivos en curso y la continuación de los procesos de provisión de puestos de trabajo en la AGCAC.
- Resolución 451/2020 de 6 de mayo de 2020, por la que, corregidos errores materiales, se acuerda el levantamiento de la suspensión operada durante la vigencia del estado de alarma, siendo que se podrán iniciar, o continuar con su tramitación, los procedimientos asociados a la movilidad del personal de la APCAC en cuanto conlleven actos de toma de posesión y/o cese.
- Oferta de puestos por Movilidad Extraordinaria de los Empleados Públicos a 6/5/2020.
- CSIF reitera al Gobierno que considere enfermedad profesional el contagio por COVID en el trabajo.
- Resolución 447/2020 de 5 de mayo de 2020, por la que se amplía la relación de procedimientos de la Dirección General de la Función Pública en los que cabe acordar su inicio y/o la continuación de su tramitación durante la vigencia del estado de alarma.
- Recurso contra la desestimación de la solicitud de toma de posesión en estado de alarma en abril de 2020.
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- COMUNICACIÓN DGFP 29/4/2020 EN RELACIÓN A LA TRAMITACIÓN DE LOS ACTOS DE CESE Y TOMAS DE POSESIÓN DERIVADOS DE PROCEDIMIENTOS DE MOVILIDAD DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA AGCA.
- COMUNICACIÓN INFORMATIVA SICHO-ESTADO DE ALARMA (30/04/2020).
- Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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- FASES DE LA DESESCALADA 29/4/2020.
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- La Agencia Tributaria sustituirá la atención presencial en las oficinas por asesoramiento telefónico a domicilio, a partir del 5 de mayo.
- Resolución de 22 de abril de 2020, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
- Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
- Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Oferta de puestos por Movilidad Extraordinaria de los Empleados Públicos a 23/4/2020.
- Decreto ley 6/2020, de 17 de abril, de medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Oferta de puestos por Movilidad Extraordinaria de los Empleados Públicos a 20/4/2020.
- Procedimiento medidas prevención frente COVID-19 #CanariasSeQuedaEnCasa.
- Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
- CSIF-Canarias solicita un periodo de carencia en el reintegro de los anticipos de sueldo.
- CSIF te informa sobre los diagnósticos PCR,TEST RÁPIDOS Y TEST SEROLÓGICOS; además de obtención de mascarillas.
- El sindicato CSIF-Canarias recibe con gran expectación el Ingreso Canario de Emergencia.
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- Oferta de puestos por Movilidad Extraordinaria de los Empleados Públicos a 17/4/2020.
- Toma de posesión en estado de alarma en abril de 2020.
- Resolución de 13 de abril de 2020, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se garantiza durante el estado de alarma la continuidad del abono del subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de los mutualistas.
- Resumen del Comité Sectorial de Seguridad y Salud de Administración General y Justicia celebrada el 8 de abril 2020.
- Oferta de puestos por Movilidad Extraordinaria de los Empleados Públicos a 14/4/2020.
- El Gobierno autonómico responde a CSIF-Canarias: “El Gobierno ni quiere ni puede hacer un ERTE”.
- Sanidad vuelve a modificar el protocolo de prevención de riesgos laborales contra el COVID y deja en el aire a profesionales en primera línea.
- EL MINISTERIO DE SANIDAD RECOMIENDA LOS TEST Y LA PCR A LOS PROFESIONALES DE BAJA, Y DEJA FUERA AL PERSONAL SOCIO SANITARIO EN ACTIVO DE SU VALORACION Y SEGUIMIENTO POR ESTRECHO O MEDIO CONTACTO CON USUARIOS POSITIVOS.
- Resolución nº 371 por la que modifica de la Resolución por la que se dictan Instrucciones en Relación al Trabajo Personal.
- Guía de «Buenas prácticas en los centros de trabajo» actualizado a 11/4/2020, además de la actuación operativa del Ministerio del Interior a partir del 9/4/2020.
- Resolución nº 353 por la que se dictan Instrucciones sobre la Movilidad Extraordinaria de los Empleados Públicos.
- Iniciativas destacadas de CSIF en defensa de nuestros derechos laborales frente al Covid-19.
- Ante el COVID-19, CSIF está contigo más que nunca.
- Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
- Tal y como había solicitado CSIF, activan el teléfono de apoyo psicológico a los afectados por la COVID-19.
- El sindicato CSIF-Canarias exige al Presidente de Canarias una respuesta sobre las declaraciones de Casimiro Curbelo.
- Decreto ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19..
- Datos de la Seguridad Social. La Sanidad sólo contrata 7.000 de los 50.000 profesionales prometidos para afrontar el COVID-19 y no compensa las más de 12.000 bajas por contagios.
- Infografía sobre la APP “Geogestión horaria” de SICHO “Sistema de control horario”.
- Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes por la que se determina el permiso retribuido obligatorio recuperable aplicable al personal que presta servicios en este departamento.
- Nuevas Instrucciones Cumplimiento Resolución de 12 de marzo de 2020 de la Dirección General de la Función Pública, en materia de Prevención de Riesgos Laborales – 31/3/2020.
- Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales y ESQUEMA.
- Resolución nº 344 por la que se Dictan Instrucciones en Relación al Trabajo Personal para el Personal de Administración General, desde el 30 de marzo al 9 de abril de 2020.
- Gestión del SICHO durante la Situación de Alarma Sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- CSIF respalda las nuevas restricciones, aunque vengan con retraso, y ofrece su colaboración al Gobierno para reforzar los cimientos de la sociedad española desde las administraciones.
- AutoTest del SCS para COVID-19.
- Prorroga del estado de alarma y se adaptan medidas en los servicios sociales. Además de trazabilidad de los móviles. (BOE 28/03/2020).
- COVID-19: La fuerza mayor y las causas de suspensión de contratos derivadas del coronavirus no se podrán entender como justificativas de despido.
- Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.
- CSIF RECURRE LA ORDEN DE LA DIRECCIÓN DEL SCE 26/3/2020.
- Apoyo psicológico y emocional para los profesionales frente a la crisis del COVID19.
- GESTIÓN DE UNA SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA DEL COVID-19.
- Medidas Higiénicas para la prevención del COVID-19 y presentación ¿Debo usar mascarillas?
- Actuaciones de CSIF para proteger a las personas trabajadoras frente al COVID19.
- Decálogo para afrontar el confinamiento por coronavirus.
- ORDEN de 20 de marzo de 2020, por la que se incluye el COVID-19 dentro de las enfermedades del Grupo I contempladas en el artículo 4 del Decreto 132/2014, de 29 de diciembre, de Sanidad Mortuoria.
- CSIF Canarias denuncia la exposición del personal sanitario por la falta de material para su protección.
- CSIF-Canarias exige las pruebas de coronavirus al Presidente del Gobierno de Canarias.
- Información acciones prevención de riesgos laborales – DGFP 20/3/2020.
- Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo y código electrónico de normativa estatal y autonómica de la «Crisis Sanitaria Covid‑19».
- Preguntas Coronavirus realizadas a Asesoría Jurídica CSIF (COVID-19).
- Comunicado Jornada Laboral con Motivo de la Situación de Alarma Sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Los liberados sindicales de CSIF-Canarias se ponen a disposición de Función Pública (19/3/2020).
- Agradecimiento de CSIF (18/3/2020).
- Denuncia por tener que asistir al puesto de trabajo presencial (COVID-19).
- Infografía con información sobre el nuevo CORONAVIRUS realizado por el Gobierno de Canarias (marzo-2020).
- Resolución de la SGT de Educación de 16/3/2020, establecen los servicios necesarios que deben permanecer en funcionamiento en la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (COVID-19).
- Resolución de la DGMCS de 15/3/2020, Instrucción reducción servicios de registro y atención ciudadana (COVID-19).
- Nota informativa sobre algunas consecuencias del Real Decreto que declara el Estado de Alarma.
- Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Resolución nº 323 de la DGFP de 13/3/2020, Instrucción Control Horario COVID-19.
- Resolución nº 313 de la DGFP de 12/3/2020, aprueba instrucciones para la APCAC con motivo del COVID-19.
- Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.
- El Gobierno aprueba un Real Decreto-Ley para mejorar la protección de todos los trabajadores aislados y/o infectados por coronavirus.
- Información Coronavirus (05/03/2020).
- GUÍA PARA LA ACTUACIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL EN RELACIÓN AL NUEVO CORONAVIRUS (marzo 2020).
- La cuarentena por sospecha de coronavirus se considera baja por enfermedad común.
- Información Coronavirus (14/02/2020).
- Función Pública traslada a CSIF un mensaje de tranquilidad para los empleados/as de las Administración. El Gobierno dispone una línea ‘060’ para atender dudas de empleados/as de la Administración sobre el coronavirus y CSIF colaborará en la difusión de información oficial.
- CSIF reclama un Protocolo de Prevención y Actuación frente al coronavirus en las Administraciones Públicas.
Canarias, a 8 de junio de 2020.
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