Resolución nº 323 de la DGFP de 13/3/2020, Instrucción Control Horario COVID-19

Share

 

CSIF TE INFORMA

Resolución nº 323 de la DGFP de 13/3/2020, Instrucción Control Horario COVID-19.

Se ha dictado el 13 de marzo de 2020, la Resolución de la Dirección General de Función Pública nº 323/2020 para la aplicación y desarrollo de determinados apartados de la Resolución 313/2020, por la que se establecen medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias con motivo del COVID-19.

Extracto de las instrucciones:


Primero. Apartado 3.6 “MEDIDAS DE AISLAMIENTO DECRETADAS POR LA AUTORIDAD SANITARIA”

El apartado 3.6 de la Resolución 313/2020 establece:

“En los supuestos de que los profesionales sanitarios aconsejen una medida de aislamiento o “cuarentena”, el/la trabajador/a lo comunicará telefónicamente o por correo electrónico a su Servicio de Personal correspondiente.

La acreditación de dicha medida conllevará la consideración de deber inexcusable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 j) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sin perjuicio de la aplicación como proceda del artículo 5 del Real Decreto – Ley 6/2020, de 11 de marzo, que asimila dicha situación a la de accidente de trabajo.”

A tales efectos se habilitará en el Sistema Integral de Control Horario el concepto “COVID-19.DEBER INEXC.AISLAMIENTO PREV” en el apartado “Mis solicitudes”.

Este supuesto de hecho se acreditará, de manera provisional, mediante la presentación de una declaración responsable indicando las circunstancias concurrentes en cada caso, hasta tanto se establezcan otros mecanismos de control.

Cuando por la naturaleza de las funciones a realizar fuera posible, se aplicará a este personal la modalidad de teletrabajo en los términos y condiciones previstos en el apartado 5.1 de la Resolución 313/2020. En estos casos será de aplicación la modalidad de fichaje a través de app móvil desarrollada en la Instrucción tercera.

Segundo. Apartado 3.8 b) “MEDIDAS DE CONCILIACIÓN POR EL CIERRE DE CENTROS EDUCATIVOS Y DE MAYORES”

El apartado 3.8 de la Resolución 313/2020 establece:

“Al personal que tenga a su cargo menores o mayores dependientes que pudieran verse afectados por el cierre de centros educativos o de mayores, les será de aplicación las siguientes medidas, por el tiempo que las autoridades competentes determinen y de acuerdo con las instrucciones de sus respectivos órganos de personal:

b) Se permitirá la permanencia del personal en su domicilio, teniendo la consideración de deber inexcusable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 j) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público”

A tales efectos se habilitará en el Sistema Integral de Control Horario el concepto “COVID-19. DEBER INEXCUSABLE.CONCILIACIÓN” en el apartado “Mis solicitudes”.

En cuanto a la acreditación del supuesto de hecho, quienes ya hubieran solicitado y tuvieran autorizada alguna medida de conciliación por menor de 14 años o persona de avanzada edad a cargo, no deberán aportar la documentación que acredite dichas circunstancias al tratarse de documentos que ya obran en poder de la Administración.

En caso contrario, se podrá justificar la concurrencia del supuesto de hecho, de manera provisional, mediante la presentación de una declaración responsable, sin perjuicio de que los servicios de personal requieran en cada caso la aportación de la documentación complementaria que resulte necesaria para la acreditación de las circunstancias en que se fundamente la solicitud.

Tercero. Apartado 4.1 “SISTEMA DE CONTROL HORARIO”

Se pondrá a disposición del personal un sistema de control horario alternativo y de carácter voluntario que permite el debido seguimiento de la jornada de trabajo a través de la instalación de una app móvil.

Este sistema podrá ser utilizado por todo el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (Administración General, colectivo sanitario y personal al Servicio de la Administración de Justicia) cuya gestión horaria se realice a través del Sistema Integral de Control Horario (SICHO).

Para su activación deberán seguirse las siguientes indicaciones:
1º.- Descargar la app móvil “Geogestión horaria”.
2º.- Acceder a SICHO, pestaña “datos personales” y vincular la app móvil escaneando con la misma el código QR que se muestra haciendo click en “recuperar código de activación”.
Una vez vinculado el dispositivo móvil con el QR, simplemente abrir la app y seleccione el concepto a fichar.
3º.- A través de la app se visualizan los mismos conceptos que en el terminal de fichaje de cada colectivo.
4º.- La totalidad de los fichajes que se realicen por este medio serán con geolocalización.
5º.- En caso de utilizar dispositivos móviles no corporativos, los accesos a la app móvil para la realización de los fichajes se podrán realizar utilizando la red wifi del Gobierno de Canarias siempre que en los centros de trabajo correspondientes se disponga de este recurso.
6º.- Es posible fichar sin conexión a internet. En estos casos, una vez reestablecida la conexión a internet, la primera vez que se acceda a la app se enviarán los fichajes y los datos de geolocalización al servidor desde el icono ‘actualizar’.

Dado el carácter voluntario de este sistema de fichaje, permanecerán plenamente operativos y en funcionamiento los actuales terminales que podrán seguir siendo utilizados por quienes así lo decidan, aconsejando, en todo caso, mantener una adecuada higiene de las manos.

Además, este sistema de fichaje resulta especialmente adecuado para el control de presencia en supuestos de teletrabajo autorizados al amparo del apartado 5.1 de la Resolución 313/2020.

Cuarto. La determinación de los criterios y procedimientos para aplicación de lo previsto en esta Instrucción respecto de los colectivos a que se refiere el apartado 1 de la Resolución 313/2020 corresponderá a los órganos competentes en cada caso.

 

CSIF

Descargar.

 

Descargar Instrucción Control Horario COVID-19, por la que se establecen medidas a adoptar en los Centros de Trabajo dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.


 

Correo remitido por la Dirección General de la Función Pública el 13 de marzo de 2020:

Asunto: [todosgb] Instrucción Dirección General de la Función Pública COVID – 19 y control horario

Buenas tardes,
Desde la Dirección General de la Función Pública se ha dictado Instrucción de 13 de marzo de 2020 para la aplicación y desarrollo de determinados apartados de la Resolución nº 313/2020, de 12 de marzo, por la que se establecen medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con motivo del COVID-19.

Dichas instrucciones se refieren a:

1.- Acreditación y control horario en casos de aislamiento o cuarentena.

2.- Acreditación y control horario en los supuestos de conciliación por el cierre de centros educativos y de mayores.

3.- Posibilidad de fichar con APP móvil.

Su texto íntegro se publicará en el Portal de Personal, enlace a SICHO y en la información del CoronavirusCOVID-19 que figura en la agenda, yen el apartado normativa de la web del Sistema Integral de Control Horario(SICHO).

Dada la rapidez con la que se están produciendo los acontecimientos, las instrucciones se irán adaptando a las medidas que se vayan aprobando por las autoridades competentes, en cada caso.

Esperando la colaboración de todas/os, reciban un cordial saludo

Dirección General de la Función Pública
Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
Gobierno de Canarias
funcionpublica@gobiernodecanarias.org
https://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp

 


 

Respecto al estado de alarma, el próximo día el 14 de marzo de 2020, se celebra Consejo de Ministros para la declaración del estado de alarma en virtud del artículo sexto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.
Ver noticia del CSIF: Crisis del coronavirus. CSIF reclama que se declare el estado de alarma y la contratación urgente de 25.000 profesionales sanitarios en toda España.
Esperaremos a la medidas que se puedan adoptar.

 


 

Descargar Resolución DGPP de 13/33/2020 sobre criterios de prevención frente a coronavirus en edificios Múltiples y vehículos de movilidad institttucional.

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 13 de marzo de 2020.

CSIF, sector autonómico de Canarias

  masinfomini buzonsugerenciasmini listadistribucionmini  

Share