El Consejo de Ministros atiende la reivindicación de CSIF y reconoce como accidente de trabajo el contagio por Covid-19

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El Consejo de Ministros atiende la reivindicación de CSIF y reconoce como accidente de trabajo el contagio por Covid-19.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, celebra que por fin el Consejo de Ministros haya atendido nuestra reivindicación de que la enfermedad contraída por contagio del Covid-19 se considere accidente de trabajo.

CSIF fue el primer sindicato que el pasado 5 de marzo solicitó que el contagio por el Covid-19 debería ser considerara a todos los efectos accidente de trabajo, reiterándolo en varios escritos incluso remitidos al presidente del Gobierno el pasado 29 de abril.

Esta medida acordada hoy por el Consejo de Ministros y a falta de publicarse el Real Decreto-ley atiende una petición justa de CSIF reconociendo que las prestaciones a este colectivo, se considerarán derivas de accidente de trabajo y, en los casos de fallecimiento, se entenderá también que la causa es accidente de trabajo, siempre que se produzca en los cinco años siguientes al contagio.

Hasta ahora este tipo de contingencias se consideraban de carácter común asimiladas de accidente de trabajo a efectos de incapacidad temporal y ahora vienen a considerarse contingencia profesional derivada de accidente de trabajo, lo que supone una mayor cobertura para los casos en que dicha enfermedad cause incapacidad permanente o el fallecimiento para estos trabajadores.

Además, dicho reconocimiento facilita la reclamación del recargo de prestaciones económicas, que CSIF ha puesto en marcha para sus afiliados, por incapacidad temporal derivadas del contagio, que se verán incrementadas entre un 30 y un 50% según la gravedad de la falta.

 

Descargar comunicado de CSIF.

 

Ver regulación en artículo 9 del Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19. Tener en cuenta la disposición transitoria tercera del mismo texto legal, efectos de la calificación como contingencia profesional derivada de accidenten de trabajo de las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o socio-sanitarios como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2 durante el estado de alarma.

 


 

Más información en nuestra sección: Prevención.

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 27 de mayo de 2020.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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