Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes por la que se determina el permiso retribuido obligatorio recuperable aplicable al personal que presta servicios en este departamento

Share

 

CSIF TE INFORMA

Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes por la que se determina el permiso retribuido obligatorio recuperable aplicable al personal que presta servicios en este departamento.

El Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020, publicado en el BOE nº 87, de 29 de marzo, regula, entre otros aspectos, un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado, y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración del estado de alarma establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Este permiso retribuido se aplicará a todo el personal, incluido aquel que, estando adscrito a servicios declarados necesarios, no desempeñen funciones de carácter esencial, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19 y que entra en vigor el día 30 de marzo de 2020.

Descargar la Resolución.

 


 

Más información en nuestra sección Personal no docente (PAS).

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 1 de abril de 2020.

CSIF, sector autonómico de Canarias

  masinfomini buzonsugerenciasmini listadistribucionmini  

Share