INGRESO MÍNIMO VITAL (actualizado 01-06-2020)

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INGRESO MÍNIMO VITAL (actualizado 01-06-2020).

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado número 154 de fecha 1 de junio de 2020, el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital.

 

Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital

BENEFICIARIOS podrán ser personas individuales o integrantes de una unidad de convivencia, de entre 23 y 64 años, en situación de vulnerabilidad económica. Del requisito de edad se exceptúa a mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.

UNIDAD DE CONVIVENCIA: personas de un mismo domicilio, matrimonio, pareja de hecho o relación hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad, adopción y guarda con fines de adopción o acogimiento permanente.

REQUISITOS

  • RESIDENCIA LEGAL Y EFECTIVA EN ESPAÑA. Tenerla de forma continuada e ininterrumpida con mínimo de 1 año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA. Carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes, en los términos establecidos legalmente.
  • PENSIONES Y PRESTACIONES. Haber solicitado aquellas vigentes a las que se pudiera tener derecho.
  • FIGURAR INSCRITO/A COMO DEMANDANTES DE EMPLEO, para mayor de edad o menor emancipado que no se esté trabajando.
  • Si el solicitante es PERSONA INDIVIDUAL, haber vivido de forma independiente durante un mínimo de 3 años previos a la solicitud.
  • Si las personas beneficiarias forman parte de UNIDAD DE CONVIVENCIA, ésta debe haberse constituido con mínimo de 1 año, continuado, anterior a la solicitud.

Todos los REQUISITOS deben cumplirse en el momento de presentación de solicitud o su revisión, y mantenerse durante el tiempo de percepción del IMV.

En PDF información sobre el INGRESO MÍNIMO VITAL y la forma de tramitarlo, así como modelo de solicitud y publicación en BOE de 1 de junio de 2020.

Os dejamos enlace de CIVIO, que explica todo lo relacionado con el tema:

Las claves del Ingreso Mínimo Vital

Solo se permitirá que haya dos unidades de convivencia por domicilio y los beneficiarios estarán obligados a presentar la declaración de la renta:


 

Descargar guía del Ministerio sobre Ingreso Mínimo Vital.


Descargar comunicado del CSIF.


Descargar solicitud de IMV.

 


 

Ingreso Mínimo Vital: una reforma necesaria para facilitar el acceso a la prestación.

Ver disposición transitoria cuarta del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 5 de junio de 2020.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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