Decreto 101/2020, de 30 de diciembre, medidas específicas de carácter extraordinario durante la preparación y celebración de las Fiestas Navideñas en la isla de Tenerife

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CSIF TE INFORMA

Decreto 101/2020, de 30 de diciembre, medidas específicas de carácter extraordinario durante la preparación y celebración de las Fiestas Navideñas en la isla de Tenerife.

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias número 1 de fecha 4 de enero de 2021, el Decreto 101/2020, de 30 de diciembre, del Presidente, por el que se modifica el Decreto 91/2020, de 16 de diciembre, que establece nuevas medidas específicas de carácter extraordinario durante la preparación y celebración de las Fiestas Navideñas en la isla de Tenerife, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

Recordamos que el 18 de diciembre de 2020 comunicamos: Medidas de la nueva normalidad en Canarias (18 de diciembre de 2020) y Decreto 91/2020, de 16 de diciembre, nuevas medidas en el ámbito de la isla de Tenerife y el 31 de diciembre de 2020 Medidas de la nueva normalidad en Canarias (29 de diciembre de 2020) y Decreto 100/2020, de 29 de diciembre, prórroga medidas en el ámbito de la isla de Tenerife. Además de la nota informativa del SCS relativa a medidas preventivas para las celebraciones de nochevieja y año nuevo en Canarias.

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Normas anteriores:

El pasado 22 de junio de 2020 comunicamos: Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 19 de junio de 2020). Estas se modificaron y que puede ver en Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 3 de julio de 2020). Posteriormente, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 4 de agosto de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 13 de agosto de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 20 de agosto de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 28 de agosto de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 4 de septiembre de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 10 de septiembre de 2020) y tutorial prevención covid-19 para curso 2020-2021, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 2 de octubre de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 8 de octubre de 2020), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (Resolución de la Secretaría General de 12 de noviembre de 2020) y Decreto 78/2020, de 12 de noviembre, declara el estado de alarma en Tenerife, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (3 de diciembre de 2020) y Decreto 84/2020, de 3 de diciembre, medidas específicas para la celebración de las Fiestas Navideñas, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (4 de diciembre de 2020) y Decreto 86/2020, de 4 de diciembre, nuevas medidas en el ámbito de la isla de Tenerife, Cierre perimetral de la Comunidad Autónoma de Canarias (Decreto 87/2020, de 9 de diciembre), Medidas de la nueva normalidad en Canarias (10 de diciembre de 2020) y Decreto 88/2020, de 10 de diciembre, prórroga de la medida de limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, adoptada por Decreto 86/2020, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (18 de diciembre de 2020) y Decreto 91/2020, de 16 de diciembre, nuevas medidas en el ámbito de la isla de Tenerife y Medidas de la nueva normalidad en Canarias (23 de diciembre de 2020) y Decreto 94/2020, de 23 de diciembre, establecen medidas ámbito Canarias. Por último, Medidas de la nueva normalidad en Canarias (29 de diciembre de 2020) y Decreto 100/2020, de 29 de diciembre, prórroga medidas en el ámbito de la isla de Tenerife. Además de la nota informativa del SCS relativa a medidas preventivas para las celebraciones de nochevieja y año nuevo en Canarias.

Recordar que existen unas normas a nivel estatal que publicamos el 15 de junio de 2020: Medidas de la nueva normalidad (Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio).

 


 

Extracto del texto normativo (Decreto 101/2020):

R E S U E L V O:

Primero.- Modificación del anexo del Decreto del Presidente 91/2020, de 16 de diciembre.

Se modifica el apartado “2. Limitación del número máximo de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales, en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre”, del anexo del Decreto del Presidente 91/2020, de 16 de diciembre, por el que se establecen nuevas medidas específicas de carácter extraordinario durante la preparación y celebración de las Fiestas Navideñas en el ámbito de la isla de Tenerife, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, quedando del siguiente tenor:

* “La permanencia de grupos de personas tanto en espacios de uso público como privado, cerrados o al aire libre, quedará limitada a las personas convivientes, entendiéndose como tales las que residen bajo el mismo techo. Asimismo, serán consideradas convivientes aquellas personas residentes en Canarias que regresen a su unidad familiar durante el periodo de producción de efectos del presente Decreto. Esto no será de aplicación a las actividades de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías.

* En los encuentros para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020, y 1 y 6 de enero de 2021, no se superará el número máximo de 6 personas, salvo que se trate de convivientes, ni el número máximo de tres unidades de convivencia. En cualquier caso se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia, intentando no superarse los dos grupos de convivencia y se tendrá especial precaución y cuidado con las personas más vulnerables a la COVID-19”.

Segundo.- Comunicación previa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se deberá dar comunicación previa del presente Decreto al Ministerio de Sanidad.

Tercero.- Régimen de recursos.

 

Ver el Decreto 101/2020 completo en BOC nº 1 de fecha 4 de enero de 2021.

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 5 de enero de 2021.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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