CSIF TE INFORMA
REUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EL 5 DE MARZO DE 2024.
El pasado 5 de marzo de 2024, en sesión celebrada en la sala de juntas de la Dirección General de la Función Pública, el Grupo de Trabajo de Seguimiento y Evaluación del Teletrabajo en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias -en adelante Grupo de Trabajo-, fundamentalmente ha tomado conocimiento de los datos proporcionados al mismo desde la Administración, así como algunos de los posicionamientos de órganos de la misma en orden a la ejecución de lo previsto en el Decreto 74/2023, de 11 de mayo, por el que se regula la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo del personal empleado público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos autónomos y entidades públicas dependientes -en adelante Decreto Teletrabajo-, que pretenden ampararse en la habilitación que les confiere su artículo 6.1, en cuya virtud las personas titulares de los centros directivos han de establecer criterios e instrucciones de tipo organizativo en función de la naturaleza y competencias que permitan una correcta aplicación de dicho Decreto.
En esa sesión se ha informado que, en ejecución de acuerdo adoptado por el Grupo de Trabajo en la sesión que celebró el 5 de febrero de 2024, la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia ha remitido oficio a todas las Secretarías Generales Técnicas de todos los Departamentos, así como Secretarías Generales de Organismos Autónomos y demás entidades públicas dependientes recordando el deber de observancia del contenido íntegro del Decreto de Teletrabajo. A criterio del sindicato CSIF, tal recordatorio solo obedece a que se ha detectado que en determinadas ocasiones algunos centros directivos no están aplicando correctamente el Decreto de Teletrabajo.
Lejos de abrumar aquí con datos sobre las solicitudes presentadas, queremos hacer hincapié en el dato anterior, por cuanto, conforme al Decreto de Teletrabajo, la ausencia de una planificación estratégica y dirección por objetivos puede suplirse excepcional y transitoriamente por el Plan Personal de Trabajo que, en su caso, se haya establecido para el desempeño de las mismas tareas en la modalidad presencial, o de no existir tal Plan por el que la persona responsable de la Unidad fije. Por tanto, no cabe denegar la autorización del teletrabajo amparándose en la inexistencia de una planificación estratégica y dirección por objetivos. Tampoco cabe denegarla por una falta de control de rendimiento por parte de la Administración, pues tal control es una obligación que le impone el Decreto de Teletrabajo, sin que, por tanto, su inactividad en esta materia pueda determinar la denegación de la autorización, cuando se cumplen los parámetros precisos para otorgarla, so pena de que con ello se desnaturalice conscientemente lo previsto en el Decreto de Teletrabajo.
Atendiendo a lo anterior, y ante el temor de que los recursos de alzada/reposición que las personas empleadas públicas han interpuesto contra la denegación del teletrabajo no sean resueltos expresamente, el sindicato CSIF ha pedido que por parte del Grupo de Trabajo se recuerde a los centros directivos el deber de resolverlos y notificar la resolución en los plazos fijados legalmente.
Por último, a la vista de todo lo expuesto, animamos a quienes pretendan realizar sus funciones bajo la modalidad de trabajo a distancia a que, a pesar de las instrucciones que hayan podido ser dictadas por los centros directivo acotando las futuras autorizaciones o señalando plazo para el inicio de procedimientos de reversión de las ya concedidas, no se dejen amilanar y, de estar interesado en ello, soliciten cuantas autorizaciones consideren oportunas siguiendo las pautas del Decreto de Teletrabajo.
SI TÚ NO TE CONFORMAS, NOSOTROS TAMPOCO. ALCEMOS LA VOZ.
LA VERDAD POR DELANTE.
CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO.
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Más información en:
- Mensaje anterior: CONSTITUCIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL GRUPO DE TRABAJO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EL 5/2/2024.
- Modelo de recurso ante la denegación de autorización de los 2 días de la solicitud de teletrabajo, en aplicación del Decreto 74/2023, de 11 de mayo, para la modalidad de teletrabajo.
- TELETRABAJO: COMO PROCEDER ANTE LOS SUPUESTOS DE ESTIMACIÓN POR SILENCIO DE LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE TELETRABAJO.
- Solicitudes telemáticas para 2 días en aplicación del Decreto 74/2023, de 11 de mayo, para la modalidad de teletrabajo.
- Solicitudes telemáticas en aplicación del Decreto 74/2023, de 11 de mayo, para la modalidad de teletrabajo (incluye Infografía del teletrabajo).
- Instrucciones conjuntas de las DGMCS, DGTNT y DGFP para la gestión de las solicitudes en aplicación del Decreto 74/2023, de 11 de mayo, en la modalidad de teletrabajo.
- Solicitudes para la modalidad de teletrabajo (DECRETO 74/2023).
- Curso de autoformación de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL TELETRABAJO.
- Publicado el DECRETO 74/2023, de 11 de mayo, que regula la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo del personal empleado público de la APCAC y sus OOAA y entidades públicas dependientes.
- EL GOBIERNO DE CANARIAS TOMA EL CONSIDERACIÓN EL PROYECTO DE DECRETO REGULADOR DEL TELETRABAJO Y, CON CARÁCTER URGENTE, SOLICITA EL PRECEPTIVO DICTAMEN DEL CONSEJO CONSULTIVO.
- TELETRABAJO: 2º COMUNICADO CONJUNTO DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES QUE CONFORMAN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.
- TELETRABAJO: COMUNICADO CONJUNTO DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES QUE CONFORMAN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.
- EL SINDICATO CSIF CONTRA LAS TRABAS AL TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CANARIA.
- El anteproyecto de Ley de Función Pública limita la movilidad, no desarrolla el teletrabajo y carece de garantías para evaluar el desempeño.
- Resumen de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos el 14 de noviembre y de la Comisión de la Función Pública Canaria del 16 de noviembre de 2022 (teletrabajo).
- Convocatoria de la Comisión de la Función Pública Canaria el 16/11/2022.
- Convocatoria Mesa General de Negociación de Empleados Públicos el 14/11/2022.
- Resumen de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos el 5/8/2022 / estancamiento del concurso de méritos / nombramiento de funcionarios de los Cuerpos Administrativo y Auxiliar.
- Las organizaciones sindicales CSIF, CC.OO, INTERSINDICAL CANARIA, SEPCA Y UGT han solicitado el pasado 28/3/2022 la convocatoria de Mesa General para regular el teletrabajo.
- TELETRABAJO: COMUNICADO CONJUNTO DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES CC.OO, CSIF, INTERSINDICAL CANARIA, SEPCA Y UGT.
- Resumen de la constitución del Grupo de Trabajo para la Regulación del Teletrabajo en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias el 24 de septiembre de 2021.
- Resumen de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos 17 de septiembre de 2021.
- Dudas sobre el teletrabajo a 1 de septiembre de 2021.
Canarias, a 11 de marzo de 2024.
