Cambio de hora el 28 de marzo de 2021

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CSIF TE INFORMA

Cambio de hora el 28 de marzo de 2021.

Desde CSIF te recordamos que la noche del sábado 27 de marzo al domingo 28, a la 1:00 de la madrugada se adelantarán los relojes a las 02.00 en Canarias. Es decir, a la una serán las dos, por lo que ese día se dormirá una hora menos y anochecerá más tarde).

La modificación horaria de primavera se aplica en todos los países de la Unión Europea (UE), cumpliendo con la Directiva 2000/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de enero de 2001, relativa a las disposiciones sobre la hora de verano, trasladada a marco jurídico español mediante la Orden PRA/157/2017, de 24 de febrero (ver más abajo).

CSIF

 


 

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado número 50 de fecha 28 de febrero de 2017, la Orden PRA/157/2017, de 24 de febrero, por la que se publica el calendario del período de la hora de verano correspondiente a los años 2017 a 2021.

Extracto del texto normativo:

ANEXO 1

Artículo 1. Fechas de comienzo del período de la hora de verano.

1. El período de la hora de verano correspondiente a los años 2017 a 2021 comenzará en las fechas siguientes:
2017: Domingo, 26 de marzo.
2018: Domingo, 25 de marzo.
2019: Domingo, 31 de marzo.
2020: Domingo, 29 de marzo.
2021: Domingo, 28 de marzo.

2. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 236/2002, de 1 de marzo, el comienzo del período de la hora de verano tendrá lugar a las dos horas de la madrugada (a la una hora de la madrugada en Canarias) de las fechas indicadas en el párrafo anterior. En ese momento la hora oficial española se adelantará sesenta minutos, por lo que ese día tendrá una duración oficial de veintitrés horas.

Artículo 2. Fechas de terminación del período de la hora de verano.

1. El período de la hora de verano correspondiente a los años 2017 a 2021 terminará en las fechas siguientes:
2017: Domingo, 29 de octubre.
2018: Domingo, 28 de octubre.
2019: Domingo, 27 de octubre.
2020: Domingo, 25 de octubre.
2021: Domingo, 31 de octubre.

2. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 236/2002, de 1 de marzo, la terminación del período de la hora de verano tendrá lugar a las tres horas de la madrugada (las dos horas de la madrugada en Canarias) de las fechas indicadas en el párrafo anterior. En ese momento la hora oficial española se retrasará sesenta minutos, por lo que ese día tendrá una duración oficial de veinticinco horas.

 

Ver la Orden completa en BOE nº 50 de fecha 28 de febrero de 2017.

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 26 de marzo de 2021.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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