Tras sentencia del Supremo de 2018, RECLAMA el IRPF de tu PRESTACIÓN POR MATERNIDAD con CSIF

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CSIF INFORMA:

Tras sentencia del Supremo del 2018, RECLAMA el IRPF de tu PRESTACIÓN POR MATERNIDAD con CSIF.

CSIF informa sobre el impuesto del IRPF y repercusiones de la sentencia recaída en 2018 sobre la prestación de maternidad, además de como reclamar las cantidades abonadas a la Hacienda Pública.

Lo que dice la sentencia:

El criterio establecido por la Sección Segunda de la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo consiste en declarar exentas del pago de IRPF las prestaciones de maternidad.

Ver noticia del Poder Judicial: El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF.

Quién puede reclamar el IRPF de la prestación por maternidad tras la sentencia del Supremo:

Los derechos y obligaciones tributarias prescriben a los cuatro años (art. 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).

Por otro lado, la declaración del IRPF se presenta de abril hasta junio del siguiente año (este plazo se concreta en Orden del Ministerio de Hacienda), por lo que no estarán prescritas las declaraciones del IRPF de 2014, 2015, 2016 y 2017.

¿Cómo se reclama?

Para ello, debe solicitarse la rectificación de la autoliquidación de año que se cobró la prestación, en caso de alcanzar dos ejercicios, dos solicitudes de rectificación, que además se pedirá la devolución de los ingresos indebidos y de los intereses de demora.

Como no hay cambio legislativo, no hay obligación legal en consecuencia de devolver las cantidades retenidas de IRPF, aunque la sentencia del Supremo otorga más garantías a aquellas personas que quieran reclamar y demandar, por eso, la reclamación individual, puede conllevar gastos y el tiempo, ya que seguramente se tendrá que recurrir a la vía judicial contra la AEAT.

Aunque hay multitud de modelos e incluso la AEAT dispone de un modelo de rectificaciones de autoliquidaciones de Renta, desde CSIF recomendamos que pidan cita con nuestra asesoría jurídica, ya que disponen de un modelo más completo del que se puede encontrar en la red de Internet.

¿Cómo afecta a las mujeres que hayan sido madres a lo largo de 2018?

Debido a que la Ley del IRPF (Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio) no se ha modificado, se considera que de aquí hasta la apertura del plazo del IRPF 2018, el criterio esté unificado y las personas que hayan tenido un hijo en 2018 no tendrán que tributarlo en la declaración de la Renta que se presentará en 2019.

 

Para ver más información sobre la noticia CSIF, pulsar en CSIF se felicita de la sentencia del Supremo que establece que las prestaciones por maternidad están exentas de IRPF.

 


 

Anterior mensaje sobre este tema: CSIF CANARIAS TE AYUDA A RECLAMAR EL IRPF DE TU PRESTACIÓN POR MATERNIDAD.

 
Canarias, a 8 de octubre de 2018.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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