CSIF TE INFORMA
Resolución 809, de 11/3/2026 de la DGFP, modifca instrucciones y criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
La Dirección General de la Función Pública ha dictado la Resolución 809/2026 de fecha 11 de marzo de 2026, por la que se modifica la Resolución de instrucciones en materia reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
El 10 de septiembre de 2024 comunicamos Resolución 3109, de 4/9/2024 de la DGFP, instrucciones y criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
El 4 de agosto de 2025 comunicamos Resolución 2403, de 23/7/2025 de la DGFP, modifca instrucciones y criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
El 18 de agosto de 2025 comunicamos Resolución 2562, de 4/8/2025 de la DGFP, modifca instrucciones y criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
Extracto de la Resolución:
“…
RESUELVO: Primero. Modificación de la Resolución número 3109/2024, de 24 de septiembre.
Se modifica la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, número 3109/2024, de 24 de septiembre, por la que se dictan instrucciones y se fijan los criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo, en los términos del anexo de la presente Resolución.
Segundo. Aplicación.
La presente resolución se aplicará a las solicitudes de reingreso al servicio activo que se presenten a partir del día 23 de marzo de 2026.
Tercero. Difusión.
La presente resolución se publicará en el Portal de Personal, así como se comunicará a las unidades administrativas competentes en materia de personal de los Departamentos y Organismos de esta Administración.
…
ANEXO Único. Se introduce un apartado 5º bis, del siguiente tenor:
“5º bis. Informe previo.
Con carácter previo a resolver la solicitud de reingreso, la Dirección General de la Función Pública, una vez que haya determinado el puesto de trabajo a adjudicar provisionalmente, solicitará del Departamento u Organismo Público de destino, informe previo, el cual deberá ser emitido en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde que se haya solicitado, el cual pondrá de manifiesto en su caso, las circunstancias organizativas que debieran tomarse en consideración para resolver la solicitud de reingreso.
La falta de emisión del informe dará lugar a que se continúen las actuaciones por parte de la Dirección General de la Función Pública.
…”
Descargar Resolución de la DGFP ![]()
Más información en nuestra sección Reingreso al servicio activo.
Canarias, a 23 de marzo de 2026.
