INCUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE DESTINOS A LAS FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DE LA ÚLTIMA PROMOCIÓN DE LA ESPECIALIDAD DE INGENIEROS AGRÓNOMOS

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CSIF TE INFORMA

INCUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE DESTINOS A LAS FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DE LA ÚLTIMA PROMOCIÓN DE LA ESPECIALIDAD DE INGENIEROS AGRÓNOMOS.

En el comunicado de 10 de octubre de 2022, el sindicato CSIF indicaba que la sentencia de 27 de septiembre de 2022, del Tribunal Constitucional, recaída en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5344-2021, promovida por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, venía a poner orden tras el desaguisado creado, a iniciativa de la Dirección General de la Función Pública, por el párrafo segundo del artículo primero de la Ley 18/2019, de 2 de diciembre, de medidas urgentes de ordenación del empleo público en las administraciones canarias, declarándolo inconstitucional y nulo.

En virtud de tal sentencia, las adscripciones provisionales ordenadas a las personas que superaron determinados procesos selectivos se consideran, a todos los efectos, adscripciones definitivas desde que se tomó posesión. Ello afecta, entre otros, a los/as funcionarios/a de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos nombrados por la resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, quienes por razones obvias, no pudieron participar en el concurso de méritos convocado mediante resolución de 28 de junio de 2021, sin que, a nuestro entender, ni siquiera cinco de ellos, vinieran obligados a cesar en los puestos de trabajo adjudicados al tiempo de su ingreso en dicho Cuerpo, Escala y Especialidad, a pesar de que los cinco puestos de trabajo que venían desempeñando hubieran sido adjudicados a otros funcionarios/as por la resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Dirección General de la Función Pública.

Sin embargo, el sindicato CSIF ha tenido conocimiento de que la Dirección General de la Función Pública, mediante la resolución 1739/2022, de 10 de octubre de 2022, en la que omite cualquier referencia a la sentencia del Tribunal Constitucional y sin someterse a procedimiento reglado alguno, ha adjudicado destino definitivo a las doce personas que fueron nombradas funcionarias de carrera mediante la resolución de 23 de diciembre de 2021, manteniendo a siete de ellas en los mismos puestos de trabajo, y destinando a las cinco restantes a otros puestos de trabajo, de los que uno de ellos está clasificado económicamente en cuantía inferior.

A nuestro entender tal resolución no es conforme a derecho: al desconocer radicalmente el pronunciamiento del Tribunal Constitucional y adjudicar a siete de las personas afectadas puesto de trabajo con carácter definitivo, cuando tal carácter le es dado a los mismos por la propia sentencia; desconocimiento que también se produce con respecto a las restantes cinco personas, puesto que las mismas también han obtenido por mor de la sentencia del Tribunal Constitucional destino definitivo, por lo que nada habilita a la Dirección General de la Función Pública para proceder al traslado de estas cinco personas.

En resumen, el sindicato CSIF considera que la Dirección General de la Función Pública porfiadamente ha incumplido la sentencia del Tribunal Constitucional, por lo que nuevamente no se somete a la Ley y al Derecho.

LA VERDAD POR DELANTE.

CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO.

 

Descargar comunicado completo del CSIF pdfminiicon

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 14 de octubre de 2022.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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