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Resolución nº 2201, de 13/6/2024 de la DGFP, por la que modifica la Resolución nº 408, de 23 de enero de 2024 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se establece la jornada máxima anual, el calendario anual y el crédito horario para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral para el año 2024.
Se ha dictado Resolución número 2201 de la Dirección General de la Función Pública el 13 de junio de 2024, modifica puntualmente la resolución número 408/2024, de 23 de enero, por la que se establece la jornada máxima anual, el calendario anual y el crédito horario para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral para el año 2024, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (AGCA).
El pasado día 24 de enero de 2024 comunicamos Resolución nº 408, de 23/1/2024 de la DGFP, por la que se establece la jornada máxima anual, el calendario anual y el crédito horario para la conciliación en el año 2024.
Extracto de la Resolución:
“…
RESUELVO: Primero. Modificación del apartado Séptimo de la Resolución 408/2024, de 23 de enero, este Centro Directivo estableció la jornada máxima anual, el calendario anual y el crédito horario de conciliación para el año 2024 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Se modifica el apartado Séptimo, eliminándose la previsión contenida en su último párrafo relativo a la realización de horas extraordinarias y excesos horarios.
Segundo. Adición de un apartado Noveno.
Se adiciona un apartado Noveno, con la siguiente redacción:
“Noveno. Realización de horas o servicios extraordinarios y de excesos horarios durante los períodos de adaptación horaria previstos en los apartados Sexto a Octavo de esta resolución.
1. En los períodos de reducción o adaptación horaria previstos en esta resolución, los excesos horarios en que se incurran deberán ser compensados dentro de la misma semana en que se generan, de forma que la jornada semanal no exceda, en su conjunto, de la resultante de la reducción o adaptación horaria.
2. En los mismos períodos, excepcionalmente, el personal podrá ser autorizado para la realización de horas o servicios extraordinarios, siempre y cuando ello resulte indispensable para el cumplimiento de plazos de expedientes en curso o para el cumplimiento de los objetivos establecidos en su unidad administrativa, debiendo en todo caso iniciarse tales horas o servicios extraordinarios cuando hayan transcurrido al menos, dos horas, desde concluida la jornada adaptada o reducida.
Tercero. Eficacia.
La presente resolución tiene efectos desde el día 1 de junio de 2024.
Cuarto. Difusión.
La presente resolución se difundirá en el Portal Web de Personal, así como se comunicará, por conducto oficial, a las Secretarías Generales Técnicas y a los órganos de análoga naturaleza de los organismos públicos o dependientes.
…”
Descargar la Resolución Nº 2201/2024 ![]()
Más información en:
- Mensaje anterior: Resolución nº 408, de 23/1/2024 de la DGFP, por la que se establece la jornada máxima anual, el calendario anual y el crédito horario para la conciliación en el año 2024.
- Resolución nº 22, de 11/1/2023 de la DGFP, por la que se establece la jornada máxima anual, el calendario anual y el crédito horario para la conciliación en el año 2023.
- Solicitar la bolsa de conciliación familiar para usar en SICHO.
- Nueva Resolución nº 669 sobre Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral en 2019.
- Más información en nuestra sección Jornada y horario.
- Más información en nuestra sección Permisos.
Canarias, a 19 de junio de 2024.
