PROCESOS SELECTIVOS Y ADJUDICACIÓN DEL PRIMER DESTINO EN PUESTO DE LIBRE DESIGNACIÓN (Reso. 2173/2024 de 13/6/2024)

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PROCESOS SELECTIVOS Y ADJUDICACIÓN DEL PRIMER DESTINO EN PUESTO DE LIBRE DESIGNACIÓN (Reso. 2173/2024 de 13/6/2024).

CSIF comunicó el 14 de junio de 2024 Medidas carácter organizativo para la evitación del abuso de la temporalidad respecto al personal funcionario interino nombrado para el desempeño de puestos de trabajo LD (Reso. 2173/2024 de 13/6/2024).

El 13 de junio de 2024, ha sido dictada por la Dirección General de la Función Pública la resolución 2173/2024, por la que se adoptan medidas de carácter organizativo para la evitación del abuso de la temporalidad respecto al personal funcionario interino nombrado para el desempeño de puestos de trabajo cuya forma de provisión es la libre designación, que afectan a personas con relación funcionarial interina que desempeñan puesto de Libre Designación mediante nombramiento anterior al 8 de julio de 2021.

Como quiera que el preámbulo de dicha resolución considera factible la provisión interina de puestos de Libre Designación, el sindicato CSIF se reitera en lo manifestado en el comunicado de 10 de abril de 2024, en el que expuso las razones por las que estima que no se puede nombrar funcionarios/as interinos/as para desempeñar puestos de Libre Designación.

No obstante, no podemos pasar por alto la instrucción cuarta de esta nueva resolución de 13 de junio de 2024, que, afectando exclusivamente al personal funcionario de carrera de nuevo ingreso, nada tiene que ver con el fin de dicha resolución atendiendo a los términos en que tal instrucción está redactada, a saber:

En el caso de que el puesto cuya forma de provisión sea la libre designación resultase adjudicado, como primer destino, con carácter definitivo, a una persona de nuevo ingreso consecuencia de la resolución del proceso selectivo, en garantía del derecho a la obtención de dicho primer destino, no podrá procederse al cese discrecional basado en la forma de provisión, hasta tanto no haya transcurrido el plazo legalmente establecido para poder ejercer el derecho a participar en los procedimientos de provisión de puestos mediante concurso.

El sindicato CSIF considera que esa instrucción vulnera el derecho a permanecer en el puesto adjudicado tras superar el proceso selectivo más allá del plazo legalmente establecido para poder participar en procedimiento de provisión de puestos mediante concurso, al permitir, una vez vencido tal plazo, su cese discrecional, ya que contraviene lo establecido en el artículo 26.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que es del siguiente tenor:

La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo.

Estos destinos tendrán carácter definitivo, equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso.

Cuando esta norma reglamentaria otorga carácter definitivo a esos destinos considerándolos como obtenidos por concurso, lo está haciendo a todos los efectos, por lo que no cabe el cese discrecional, sino, de darse causa para ello, la remoción en los términos del artículo 50 de dicho reglamento, toda vez que el cese discrecional no está permitido cuando el puesto ha sido obtenido por concurso.

Por tanto, desde CSIF pedimos a la Dirección General de la Función Pública deje sin efecto la citada instrucción cuarta de la resolución de 13 de junio de 2024.

SI TÚ NO TE CONFORMAS, NOSOTROS TAMPOCO. ALCEMOS LA VOZ.

LA VERDAD POR DELANTE.

CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO.

 

Descargar comunicado completo del CSIF pdfminiicon

 


 

Más información en nuestra sección Adquisición y pérdida.

 
Canarias, a 18 de junio de 2024.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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