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Resolución 2562, de 4/8/2025 de la DGFP, modifca instrucciones y criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
La Dirección General de la Función Pública ha dictado la Resolución 2562/2025 de fecha 4 de agosto de 2025, por la que se modifica parcialmente la Resolución 3109/2024, de 4 de septiembre, modificada por Resolución 2403/2025, de 23 de julio, por la que se dictan instrucciones y se fijan criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
El 10 de septiembre de 2024 comunicamos Resolución 3109, de 4/9/2024 de la DGFP, instrucciones y criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
El 4 de agosto de 2025 comunicamos Resolución 2403, de 23/7/2025 de la DGFP, modifca instrucciones y criterios determinantes para resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo de personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
Extracto de la Resolución:
“…
RESUELVO: Primero. Modificación del Anexo de la Resolución número 3109/2024, de 4 de septiembre, modificada puntualmente mediante Resolución 2403/2025, de 23 de julio, por la que se dictaron instrucciones y fijaron criterios para la resolver las solicitudes de reingreso al servicio activo del personal funcionario de carrera sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
Se modifica el Anexo de la Resolución número 3109/2024, de 4 de septiembre, añadiendo un tercer párrafo al apartado 1 de la Instrucción 5ª:
“5º. Determinación del puesto a adjudicar de forma provisional.
(…)
Excepcionalmente, en aquellos casos en los que se acredite que la persona que reingresa ha desempeñado durante más de doce meses funciones en un determinado Departamento, donde exista puesto de trabajo vacante y con dotación presupuestaria, y manifieste en su solicitud su preferencia en que se realice el reingreso en dicho puesto de trabajo, se le podrá adjudicar el mismo, previo informe favorable del Departamento que acredite la idoneidad para el puesto de trabajo a desempeñar.
Segundo. Comunicación y difusión.
La presente resolución se comunicará oficialmente a los órganos gestores de personal, así como se difundirá en el Portal Web de Personal.
…”
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Más información en nuestra sección Reingreso al servicio activo.
Canarias, a 18 de agosto de 2025.
