Convocatoria de actividades formativas del Programa de Formación Sectorial y Programa de Gestión del Conocimiento. Plan de formación ICAP 2025

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Convocatoria de actividades formativas del Programa de Formación Sectorial y Programa de Gestión del Conocimiento. Plan de formación ICAP 2025.

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias número 46 de fecha 6 de marzo de 2025, la Resolución de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP) de 27 de febrero de 2025, por la que se convocan actividades formativas del Programa de Formación Sectorial y Programa de Gestión del Conocimiento incluidas en el Plan de Formación para el año 2025, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.

El pasado día 9 de enero de 2025, comunicamos el Plan de formación del ICAP para 2025.

Destacamos:

  • Plazo de inscripción: plazo máximo para el envío del formulario de comunicación de datos será el día 21 de marzo de 2025 inclusive.
  • Solicitudes: recuerden que las solicitudes de cursos son a través de las Secretarías Generales.

 


 

Resolución de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP) de 27 de febrero de 2025, por la que se convocan actividades formativas del Programa de Formación Sectorial y Programa de Gestión del Conocimiento incluidas en el Plan de Formación para el año 2025, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.

Extracto de la convocatoria:

  • RESUELVO:

  • Único.- Convocar actividades incluidas en el Programa de Formación Sectorial y Programa de Gestión del Conocimiento que se recogen en los trece (13) anexos de acuerdo con las siguientes
  • BASES

  • Primera.- Personal destinatario.
  • 1.- El personal destinatario de las actividades formativas detalladas en los anexos es el personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de sus Organismos Autónomos y demás entidades del sector público institucional que conste en las relaciones de puesto de trabajo, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y a los grupos profesionales equivalentes del personal laboral, de conformidad con el perfil que se relaciona para cada actividad convocada.

    2.- Podrá participar el personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias perteneciente a los Cuerpos de la Administración de Justicia en Canarias, de conformidad con el perfil que se relaciona para cada actividad convocada y cuando exclusivamente así se contemple.

    3.- Queda excluido del ámbito de aplicación de la presente convocatoria y no podrá participar el personal docente no universitario que preste sus servicios en instituciones educativas y el personal estatutario sanitario que preste sus servicios en instituciones de asistencia sanitaria adscritos al Servicio Canario de la Salud..

  • .Segunda.- Base de datos de alumnado del ICAP y formulario para el alta o modificación de datos.
  • 1.- Para que el personal empleado público sea propuesto en las actividades formativas deberá constar en la base de datos de alumnado del ICAP.

    2.- Si el empleado público no pudiera ser propuesto porque no constara en la base de datos de este Instituto o sus datos debieran ser actualizados, el personal coordinador del departamento correspondiente deberá tramitar el formulario de alta/modificación de datos que se encuentra disponible al efecto en el portal web del ICAP en el apartado “Temas-alumnado” y enviarlo a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org.

    3.- El formulario de comunicación de datos podrá ser remitido hasta el día 12 marzo de 2025, inclusive.

  • Tercera.- Gestión de la propuesta de alumnado por el personal coordinador.
  • Cuarta.- Remisión de propuestas de alumnado.
  • El plazo para el envío de las propuestas de alumnado de las actividades formativas será hasta el día 21 de marzo, inclusive.

    Las propuestas de alumnado serán remitidas en tiempo y forma, no siendo posible la propuesta de alumnado fuera del plazo establecido o por otra vía distinta al aplicativo a que se refiere la base anterior.

  • Quinta.- Selección.
  • 1.- En las actividades de carácter departamental las personas que hayan sido propuestas en atención a los criterios expuestos, serán seleccionadas por el ICAP en función de la prioridad propuesta.

    2.- En las actividades de carácter horizontal las personas que hayan sido propuestas en atención a los criterios expuestos, serán seleccionadas por el ICAP en función de la prioridad propuesta y de la ordenación de los departamentos según el organigrama del Gobierno de Canarias.

  • Sexta.- Comunicación y aceptación del personal seleccionado con plaza.
  • 1.- Las personas propuestas por los titulares de las secretarías generales técnicas o de los órganos asimilados de los organismos autónomos y seleccionadas por el ICAP para su participación en las ediciones formativas recibirán un comunicado en la dirección de correo electrónico corporativo con los datos relativos a la fecha, el horario, el lugar de celebración y cualquier otra información de interés.

    El alumnado seleccionado aceptará en la forma y plazo que se indica en el comunicado.

  • Séptima.- Modalidades de formación.
  • Con carácter general, el ICAP contempla como modalidades de formación las siguientes y podrán ser combinadas cuando así lo requiera la metodología de la edición formativa.

    1.- Modalidad presencial (P): tiene lugar cuando el alumnado y el profesorado interactúan coincidiendo en el espacio y en el tiempo, celebrándose en el aula.

    2.- Modalidad presencial en línea (PL): tiene lugar cuando el alumnado y el profesorado interactúan coincidiendo en el espacio y en el tiempo, a través de videoconferencias (sesiones presenciales en línea).

    3.- Modalidad online (FD): tiene lugar cuando los contenidos de la formación se facilitan y se tutorizan a través de una plataforma que permite al alumnado el acceso y la disponibilidad de los mismos, en un plazo determinado.

    4.- Modalidad semipresencial (SP): tiene lugar cuando la actividad formativa comparte las características de la modalidad presencial y la modalidad online, y cuando comparte las características de la modalidad presencial y la modalidad presencial en línea.

    5.- Modalidad semipresencial en línea (SPL): tiene lugar cuando la actividad formativa comparte las características de la modalidad presencial en línea y la modalidad online.

    Para la participación en las modalidades con sesiones en línea se deberá disponer necesariamente de un equipo informático con conexión a internet, cámara, altavoces o auriculares y micrófono, asumiendo la responsabilidad de su correcto funcionamiento.

    En los anexos se contempla la modalidad de formación de cada actividad formativa convocada.

  • Octava.- Requisitos de asistencia y participación.
  • 1.- La asistencia y participación a las actividades formativas una vez aceptadas son obligatorias.

    No serán atendidas circunstancias que pretendan justificar la inasistencia o ausencia de participación.

  • Novena.- Tipos de certificado y requisitos para su obtención.
  • 1.- En cada edición formativa podrá emitirse un único tipo de certificado para todo el alumnado según se determine en los anexos.

    2.- Podrán expedirse certificados de asistencia y certificados de aprovechamiento si se cumplen los requisitos expuestos a continuación.

  • Décima.- Consulta y descarga de certificados.
  • Los certificados emitidos en formato electrónico se encuentran disponibles en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP para su consulta y descarga.

  • Decimoprimera.- Comunicación del ICAP para la inscripción de certificados en el Registro de Personal.
  • Emitidos los certificados correspondientes de la presente convocatoria, el ICAP dará traslado del conjunto de los mismos a la Dirección General de la Función Pública para que proceda a su anotación definitiva en el Registro de Personal y, en consecuencia, a la actualización de la formación en la vida administrativa del personal empleado público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Decimosegunda.- Reclamaciones y plazo.
  • Decimotercera.- Vinculación de personas docentes.
  • Decimocuarta.- Cláusula de modificación.
  • Decimoquinta.- Derechos de inscripción y financiación.
  • Decimosexta.- Protección de datos.
  • Decimoséptima.- Publicidad y contenido.
  • Decimoctava.- Recursos.

    ANEXO

flechaderechaPara ver convocatoria, acceda al Boletín Oficial de Canarias nº 46.

 


 


 

Más información en:

 
Canarias, a 10 de marzo de 2025.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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