Remitido el 22/09/2015:
CSI·F INFORMA:
Ya está disponible el sexto día de asuntos particulares.
Ante la pregunta de varios trabajadores de cuándo estará el 6º día en SICHO y cuándo se dispondrá del 7º día, debemos informar de que el pasado 12 de septiembre, se publicó el Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía, en lo sucesivo RDL 10/2015, que entró en vigor el 12 de septiembre del año en curso. En el mismo se regula, entre otros:
1. El abono de 48 días o 26,23% de la paga extraordinaria de 2012.
2. El sexto día de asuntos particulares.
3. Cada Administración podrá establecer la recuperación de días adicionales de vacaciones y asuntos particulares por antigüedad.
El 6º día de asuntos particulares está en el apartado Uno del artículo 2 del RDL 10/2015. En la disposición adicional primera, de permisos y vacaciones de los funcionarios públicos, fija: “La limitación que establece el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, para los convenios, pactos y acuerdos para el personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referida a la nueva redacción dada por el presente Real Decreto-ley a los permisos y las vacaciones de los funcionarios públicos.“
Dicho apartado Tres del Real Decreto-Ley 20/2012, establece: “Desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, quedan suspendidos y sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos por las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición o de similar naturaleza.“
Por lo tanto, el 6º día de asuntos particulares ya está habilitado en el SICHO, no pudiendo elevar los asuntos particulares a 7 días, como estaba en Canarias por Acuerdo, por lo mencionado anteriormente.
Para acceder al SICHO, ir al apartado de Jornada y horario.
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Le agradecemos su colaboración.
Continuaremos informando a medida que recibamos novedades.
Canarias, a 22 de septiembre de 2015.