Publicación en BOC 26/5/2025, la Resolución de 14/5/2025 de DGFP, modifica puntualmente el protocolo de actuación para desarrollo en las pruebas selectivas de AGCAC, en relación con la lectura telemática de ejercicios

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Publicación en BOC 26/5/2025, la Resolución de 14/5/2025 de DGFP, modifica puntualmente el protocolo de actuación para desarrollo en las pruebas selectivas de AGCAC, en relación con la lectura telemática de ejercicios.

En el Boletín Oficial de Canarias número 103 de fecha 26 de mayo de 2025, se publica la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 14 de mayo de 2025, por la que se modifica puntualmente el Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con la lectura telemática de ejercicios.

El pasado día 2 de agosto de 2024 comunicamos: Publicación en BOC 2/8/2024, la Resolución de 18/7/2024 de DGFP, modifica el protocolo de actuación para garantizar la efectiva participación de las mujeres víctimas de violencia de género en los procesos selectivos de AGCAC.

 

Extracto de la Resolución:

RESUELVO:

Primero.- Modificación puntual del Protocolo.

Se modifican los apartados 46 a 48 del Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos del anexo de la presente Resolución.

Segundo.- Lectura telemática de ejercicios ya realizados.

Los Tribunales Calificadores que acuerden realizar la lectura pública de ejercicios ya realizados de forma totalmente telemática, esto es, sin que sus miembros estén presentes en el lugar de realización de la lectura, deberán reflejarlo en el correspondiente acuerdo y comunicarlo a la Dirección General de la Función Pública, a los efectos de organización de las sesiones de lectura.

Tercero.- Publicidad.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, así como se difundirá en la página web de la Dirección General de la Función Pública.

Cuarto.- Aplicación.

Con independencia de su publicación oficial, las medidas establecidas en esta Resolución serán de aplicación en los llamamientos que se realicen con anterioridad a su publicación, siempre y cuando se haga constar la presente modificación en el anuncio que se realice.

ANEXO

MODIFICACIÓN APARTADOS 46 A 48

46. Entrega del sobre y extracción del examen.

• 46.1. A los efectos del presente Protocolo se entiende por lectura presencial aquella en la que al menos un miembro del TCA se halla presente en el lugar de convocatoria de la persona aspirante y por lectura telemática aquella en que los miembros del TCA han acordado realizar la lectura a distancia mediante el uso de los medios telemáticos en lugar distinto al de convocatoria de la persona aspirante.

• 46.1. En los casos de lectura presencial, se le entregará a la persona aspirante, el sobre cerrado con su examen, dándose apertura y extrayendo el examen realizado.

• 46.2. En los casos de lectura telemática, el TCA deberá estar en posesión de los sobres cerrados.

La apertura del sobre deberá hacerse, de forma telemática, en presencia remota de la persona aspirante.

47. Fotocopiado, compulsa y depósito del examen.

• 47.1. El PCO fotocopiará el examen en un número de ejemplares necesario para los miembros del TCA que así lo soliciten.

En los casos de lectura telemática se remitirá copia del examen realizado para su impresión y entrega a la persona aspirante para que proceda a su lectura.

• 47.2. La lectura del examen por parte de la persona aspirante comporta su reconocimiento como ejercicio que ha realizado previamente.

• 47.3. En todos los casos, una vez leído el examen, la persona aspirante deberá firmar el ejemplar leído.

• 47.3. Realizada la lectura de los exámenes en la sesión correspondiente, todos ellos se introducirán en un sobre y se cerrará. En el anverso del sobre deberá identificarse el llamamiento al que corresponde.

La solapa del sobre deberá ser firmada y posteriormente asegurada mediante encintado adhesivo translúcido.

El sobre será firmado en su solapa por un miembro del TCA.

En el caso de lectura telemática, además de lo anterior, relativo a los exámenes originales, se procederá en la misma forma respecto de los exámenes leídos de forma telemática, debiendo firmar la solapa el PCO designado a tal efecto, todo ello en presencia telemática del TCA.

48. Depósito de exámenes.

El depósito de los exámenes originales y en su caso también de los exámenes leídos de forma remota se hará en la forma y los medios determinados por la Dirección General de la Función Pública.

 

Más información en: Boletín Oficial de Canarias núm. 103.

 


 

Más información en:

 
Canarias, a 27 de mayo de 2025.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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