EL SINDICATO CSIF RECURRE DISTINTOS DECRETOS DE APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2024

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EL SINDICATO CSIF RECURRE DISTINTOS DECRETOS DE APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2024.

Según establece el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-, la Oferta de empleo público es un instrumento de gestión de la provisión de las necesidades de recursos humanos mediante la incorporación de nuevo ingreso, que debe ser aprobada anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas.

En cumplimiento de tal mandato el Gobierno de Canarias ha aprobado los siguientes Decretos:

  1. 188/2024, de 4 de noviembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Cuerpo General de la Policía Canaria para 2024.
  2. 199/2024, de 9 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Cuerpo General de personal docente no universitario para el año 2024.
  3. 200/2024, de 9 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para el año 2024.
  4. 207/2024, de 16 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2024.
  5. 218/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal laboral fijo de la Administración General para el año 2024.
  6. 219/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Agencia Tributaria Canaria para el año 2024.

Todos y cada uno de esos Decretos, que llegan con una demora de cerca de nueve meses con relación al plazo señalado en el artículo 70.1 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, han sido recurridos por el sindicato CSIF ante el Gobierno de Canarias, al entender que incumplen la obligación de fijar el plazo máximo para la convocatoria de los procesos selectivos para las plazas comprometidas en sus respectivas Ofertas de empleo público, establecida en el artículo 70.1 del TREBEP, en cuya virtud, en todo caso la ejecución de la Oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

Como bien hace la STS 4859/2024, Id Cendoj:28079130042024100333, de 1 de octubre de 2024, recurso ordinario 811/2023, hay que diferenciar entre ejecución de la Oferta de empleo público -que tiene lugar con la convocatoria del proceso selectivo-, y el desarrollo de esta -que ha de tener lugar de acuerdo con las bases que regulan la convocatoria-. Por tanto, ejecución y desarrollo no son sinónimos, debiendo tener lugar primero la ejecución y después el desarrollo. De esta manera, como quiera que el desarrollo de la Oferta de empleo público ha de tener lugar en un plazo improrrogable de tres años, la ejecución/convocatoria no puede fijarse para cualquier momento anterior al vencimiento de tal plazo, debiendo tener en cuenta que, según el artículo 71 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, la duración máxima del proceso selectivo es de quince meses computados desde la fecha de publicación de la convocatoria hasta la de formular la propuesta de aspirantes admitidos. Así, la publicación de la convocatoria ha de efectuarse necesariamente a lo sumo a los veintiún meses desde la aprobación de la Oferta de empleo público.

El sindicato CSIF considera sumamente importante el estricto cumplimiento de tales plazos, pues de esta forma no se darán situaciones tan impresentables como la de convocar procesos selectivos, con cargo a la Oferta de empleo público del año 2021, aprobadas mediante Decreto 120/2021, de 10 de diciembre, en virtud de resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de Canarias de 29 noviembre de 2024, fecha ésta en la que una mínima planificación de recursos humanos habría posibilitado la convocatoria, el desarrollo y el nombramiento del personal dentro de ese plazo de tres años. Al igual que hubiera permitido convocar todas las plazas comprometidas en dicha oferta, sin perder ninguna de las que no han sido convocadas, de las que informaremos una vez que la Dirección General de la Función Pública nos facilite íntegramente los datos relativos a la ejecución/convocatoria de tal oferta.

TODOS X TOD@S

SI TÚ NO TE CONFORMAS, NOSOTROS TAMPOCO. ALCEMOS LA VOZ.

LA VERDAD POR DELANTE.

CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO.

 


 

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Más información en:

 
Canarias, a 7 de enero de 2025.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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