Convocatoria de actividades formativas del Programa de Formación General y Programa de Formación Interadministrativa. Plan de formación ICAP 2025

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Convocatoria de actividades formativas del Programa de Formación General y Programa de Formación Interadministrativa. Plan de formación ICAP 2025.

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias número 27 de fecha 7 de febrero de 2025, la Resolución de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP) de 31 de enero de 2025, por la que se convocan las actividades formativas del Programa de Formación General y del Programa de Formación Interadministrativa, incluidas en el Plan de Formación para el año 2025, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.

El pasado día 9 de enero de 2025, comunicamos el Plan de formación del ICAP para 2025.

Destacamos:

  • Plazo de inscripción: a partir del día 10 de febrero hasta el día 21 de febrero de 2025, inclusive.
  • Máximo de solicitudes: Hasta un máximo de seis (6) actividades formativas incluidas en los Anexos I y II.
  • Podrán solicitar la inscripción a los cursos en el siguiente enlace (se requiere, para la inscripción, el usuario y contraseña del Gobierno de Canarias o alguno de los certificados electrónicos reconocidos por la Administración):
  • flechaderechaSOLICITUDES

 


 

Resolución de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP) de 31 de enero de 2025, por la que se convocan las actividades formativas del Programa de Formación General y del Programa de Formación Interadministrativa, incluidas en el Plan de Formación para el año 2025, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.

Extracto de la convocatoria:

  • RESUELVO:

  • Único.- Único.- Convocar las actividades formativas del Programa de Formación General del Programa de Formación Interadministrativa que se contemplan en los Anexos I y II, de conformidad con las siguientes
  • BASES

  • Primera.- Destinatarios y requisitos de las personas solicitantes.
  • 1.- Destinatarios del Programa de Formación General.

    El destinatario de las actividades formativas detalladas en el Anexo I “Programa de Formación General” es el personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de sus Organismos Autónomos y demás entidades del sector público institucional que conste en las relaciones de puesto de trabajo, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los grupos profesionales equivalentes del personal laboral y a los Cuerpos de la Administración de Justicia en Canarias, que reúna los requisitos especificados para cada una de las actividades convocadas en el Anexo I.

    2.- Destinatarios del Programa de Formación Interadministrativa.

    El destinatario de las actividades formativas detalladas en el Anexo II “Programa de Formación Interadministrativa” es el personal empleado público contemplado en el párrafo anterior, el personal empleado público de las Administraciones Públicas en Canarias (Administración local y Administración General del Estado), las Universidades Públicas Canarias y el Parlamento de Canarias, que reúna los requisitos especificados para cada una de las actividades previstas en el Anexo II.

    3.- Queda excluido del ámbito de aplicación de la presente convocatoria, y no podrá presentar solicitud, el personal docente no universitario que preste sus servicios en instituciones educativas y el personal estatutario sanitario que preste sus servicios en instituciones de asistencia sanitaria adscritos al Servicio Canario de la Salud.

  • Segunda.- Base de datos de alumnado del ICAP y datos obrantes en la Secretaría Virtual.
  • 1.- El personal empleado público destinatario de la presente convocatoria que desee presentar solicitud a las actividades formativas convocadas, deberá constar en la base de datos de alumnado del ICAP.

    2.- El personal empleado público que conste en la base de datos de alumnado del ICAP podrá observar sus datos personales y administrativos en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP y podrá modificar directamente los datos que deban ser actualizados, con la salvedad de los campos inhabilitados para ello, que deberán ser actualizados a través del Formulario de alta/modificación de datos a que se refiere la base siguiente.

    3.- El personal empleado público destinatario de la presente convocatoria que desee presentar solicitud a las actividades formativas convocadas y no conste en la base de datos del ICAP, deberá tramitar el formulario de alta/modificación de datos a que se refiere la base siguiente.

  • Tercera.- Plazo de presentación del formulario para el alta o modificación de datos personales y administrativos.
  • 1.- El personal empleado público destinatario de la presente convocatoria que no figure en la base de datos del ICAP o que deba actualizar sus datos de acuerdo con lo dispuesto en la base anterior deberá cumplimentar y enviar, en plazo, el formulario de alta/modificación de datos.

    2.- El formulario, debidamente cumplimentado, podrá ser remitido hasta el día 14 de febrero de 2025, inclusive.

  • Cuarta.- Plazo de presentación de solicitudes.
  • 1.- El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y hasta el día 21 de febrero de 2025, inclusive, de conformidad con lo dispuesto en la siguiente base.

    2.- No podrán presentarse solicitudes fuera del plazo establecido en el apartado anterior.

  • Quinta.- Tramitación de solicitudes y acceso a la Secretaría Virtual del ICAP.
  • 1.- El personal empleado público al que se refiere la base primera podrá solicitar un número máximo de seis (6) actividades formativas contempladas en los dos anexos

    2.- La solicitud se tramitará en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP.

  • Sexta.- Modalidades de formación.
  • Con carácter general, el ICAP contempla como modalidades de formación las siguientes, y podrán ser combinadas cuando así lo requiera la metodología de la edición formativa:

    1.- Modalidad presencial (P): tiene lugar cuando el alumnado y el profesorado interactúan, coincidiendo en el espacio físico y en el tiempo, celebrándose en el aula.

    2.- Modalidad presencial en línea (PL): tiene lugar cuando el alumnado y el profesorado interactúan coincidiendo en el espacio y en el tiempo, a través de videoconferencias (sesiones presenciales en línea).

    3.- Modalidad online (FD): tiene lugar cuando los contenidos de la formación se facilitan y se tutorizan a través de una plataforma que permite al alumnado el acceso y la disponibilidad de los mismos, en un plazo determinado.

    4.- Modalidad semipresencial (SP): tiene lugar cuando la actividad formativa comparte las características de la modalidad presencial y la modalidad online.

    5.- Modalidad semipresencial en línea (SPL): tiene lugar cuando la actividad formativa comparte las características de la modalidad presencial en línea y la modalidad online.

    Para la participación en las modalidades con sesiones en línea se deberá disponer necesariamente de un equipo informático con conexión a internet, cámara, altavoces o auriculares y micrófono, asumiendo la responsabilidad de su correcto funcionamiento.

    En los Anexos I y II se contempla la modalidad de formación de cada actividad formativa convocada.

  • Séptima.- Selección y ordenación de personas solicitantes.
  • Octava.- Comunicación al personal seleccionado con plaza y trámite para su admisión.
  • 1.- A las personas seleccionadas en cada edición formativa se les comunicará en la dirección de correo electrónico corporativo la fecha, el horario, el lugar de celebración y cualquier otra información de interés, procurando que esta comunicación tenga lugar con una antelación mínima de seis (6) días hábiles respecto del inicio de la actividad formativa.

    Este comunicado podrá tener lugar con una menor anticipación en caso de tener plazas vacantes tras la falta de aceptación de las personas con prioridad en la selección.

  • Novena.- Admisión a la actividad formativa y requisitos de asistencia y participación. Pérdida de la condición de persona admitida.
  • 1.- La asistencia y participación a las actividades formativas, una vez confirmada, es obligatoria.

    No serán atendidas circunstancias que pretendan justificar la inasistencia o ausencia de participación.

  • Décima.- Lista de reserva. Requisitos de asistencia y participación para la obtención de la condición de persona admitida.
  • Decimoprimera.- Renuncias y penalización de las personas admitidas.
  • Decimosegunda.- Tipos de certificado y requisitos para su obtención.
  • 1.- En cada edición formativa podrá emitirse un único tipo de certificado para todo el alumnado, según se determine en los Anexos I y II.

    Podrán expedirse certificados de asistencia y certificados de aprovechamiento, si se cumplen los requisitos expuestos a continuación.

    2.- En las actividades formativas de modalidad presencial (P) y presencial en línea (PL):

    Si se prevé certificado de asistencia, podrá expedirse al alumnado que participe, como mínimo, en un 70 por ciento de las horas lectivas programadas.

  • Decimotercera.- Consulta y descarga de certificados.
  • Los certificados emitidos en formato electrónico se encuentran disponibles en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP para su consulta y descarga.

    Los certificados correspondientes a las ediciones contempladas en los Anexos I y II serán expedidos, con carácter general, en un plazo de tres (3) meses a partir de la fecha de finalización de la edición.

    Una vez esté disponible el alumnado será informado por correo electrónico.

  • Decimocuarta.- Comunicación del ICAP para la inscripción de certificados en el Registro de Personal.
  • Emitidos los certificados correspondientes de la presente convocatoria, el ICAP dará traslado del conjunto de los mismos a la Dirección General de la Función Pública para que proceda a su anotación definitiva en el Registro de Personal y, en consecuencia, a la actualización de la formación en la vida administrativa del personal empleado público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Decimoquinta.- Reclamaciones y plazo.
  • Decimosexta.- Vinculación de personas docentes.
  • Decimoséptima.- Cláusula de modificación.
  • Decimoctava.- Derechos de inscripción y financiación.
  • Decimonovena.- Protección de datos.
  • Vigésima.- Publicidad.
  • Vigesimoprimera.- Recursos.

ANEXO I

ANEXO II

ACTIVIDADES DIRIGIDAS AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE TODAS LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN CANARIAS PROGRAMA DE FORMACIÓN INTERADMINISTRATIVA

flechaderechaPara ver convocatoria, acceda al Boletín Oficial de Canarias nº 27.

 


flechaderechaSOLICITUDES.


 

Más información en:

 
Canarias, a 10 de febrero de 2025.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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