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Varios Cuerpos y Escalas (A111I22 de PI, A111L22 de TL, A2TPRL22 de TL, A2TSOL22 de TL) de 2022: lista adicional de personas aspirantes y se les ofertan puestos de trabajo.
En el BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026, se publican las relaciones de lista adicional de personas aspirantes y se les ofertan puestos de trabajo a los efectos de manifestar sus preferencias, en el Cuerpo Superior de Administración, Escala de Administración General (Grupo A, Subgrupo A1) (A111I22) por promoción interna horizontal y vertical, Cuerpo Superior de Administración, Escala de Administración General (Grupo A, Subgrupo A1) (A111L22) por el sistema general de acceso libre, Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Técnicos de Prevención (Grupo A, Subgrupo A2) (A2TPRL22) por el sistema general de acceso libre, Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Trabajo Social (Grupo A, Subgrupo A2) (A2TSOL22) por el sistema general de acceso libre, y se les ofertan puestos de trabajo, convocados en 2022.
Ver lugar de presentación y plazo, más abajo.
En el BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026, se publica Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 2 de junio de 2026, por la que se hace pública la lista adicional de personas aspirantes de las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo Superior de Administración, Escala de Administración General (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019, en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 2/2025, de 26 de junio, y se les ofertan puestos de trabajo a los efectos de manifestar sus preferencias.
Extracto de la Resolución:
“…
RESUELVE: Primero.- Lista adicional de personas aspirantes. Aprobación y vigencia.
1. Aprobar y publicar la lista adicional de las personas aspirantes de las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Superior de Administración, Escala de Administración General (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022 (BOC n.º 245, de 15.12.2022), en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 2/2025, de 26 de junio, contenida en el Anexo I de la presente Resolución.
2. La vigencia de la presente lista adicional será de dos años, a contar desde el 5 de febrero de 2025, fecha de publicación de la Resolución de nombramiento del personal funcionario de carrera derivado del proceso selectivo, conforme establece el artículo 8.4 de la precitada Ley 2/2025, de 26 de junio.
Segundo.- Tramitación de urgencia.
Declarar la tramitación de urgencia de este procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la reducción de los siguientes plazos establecidos para el procedimiento ordinario:
a) Plazo de veinte (20) días hábiles para manifestar la preferencia de puestos ofertados y presentar la documentación necesaria para el nombramiento. Se reduce a diez (10) días hábiles.
b) Plazo de diez (10) días hábiles de requerimiento de subsanación en el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero la Administración no hubiese podido comprobar los requisitos para su nombramiento. Se reduce a cinco (5) días hábiles.
Tercero.- Cumplimiento de los requisitos para adquirir la condición de funcionario de carrera.
1. En el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases generales y en el apartado 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento, por parte de las personas aspirantes, en la solicitud de participación en las pruebas.
2. Las personas aspirantes que no hayan prestado el citado consentimiento deberán aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales, a través del formulario disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10111
Cuarto.- Imposibilidad de comprobación del cumplimiento de requisitos.
En el supuesto de que las personas aspirantes hayan prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se les requerirá para que presenten los documentos acreditativos de tales requisitos, concediéndoles para ello un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.
Quinto.- Declaración responsable.
Todas las personas aspirantes, hayan prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberán cumplimentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, la declaración responsable relativa al régimen disciplinario y de inhabilitación previsto en el apartado 14.3 de las bases específicas, mediante la cumplimentación del formulario disponible al efecto en el siguiente enlace de la sede electrónica https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10111
Sexto.- Documentación adicional para familiares de ciudadanos de la Unión Europea.
Las personas a las que hace referencia el apartado 2.1.b) y c) de las bases específicas deberán presentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración responsable o promesa de la persona nacional del Estado Español o de otro Estado Miembro de la Unión Europea de que no está en situación de separación de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive bajo su dependencia económica.
Séptimo.- Capacidad funcional.
1. En lo referido a la acreditación de la capacidad funcional, las personas aspirantes deberán cumplimentar la encuesta previa de salud, a través del formulario establecido al respecto por el Servicio de Inspección Médica habilitado al efecto en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
2. No obstante, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, si la persona aspirante, que es personal funcionario de carrera de esta Administración, se encuentra en situación de servicio activo o lo ha estado en los últimos seis meses anteriores a la fecha de publicación de esta Resolución, no tendrá la obligación de cumplimentar la citada encuesta previa de salud, siendo sustituida por una declaración responsable sobre su estado de salud.
Para cumplimentar esta declaración responsable se deberá acceder al enlace reseñado en el apartado tercero de esta Resolución.
3. Una vez se acceda al citado enlace, quedarán identificadas las personas aspirantes que deben realizar la encuesta previa y las que deben realizar la declaración responsable.
Esta declaración responsable se podrá hacer siempre y cuando la persona en el momento de realizarla no se encuentre en situación de incapacidad laboral temporal o permanente.
Si este fuese el caso, aunque la persona haya sido identificada para hacer la declaración responsable, deberá, sin embargo, cumplimentar la encuesta previa de salud.
Octavo.- Falta de cumplimiento de trámites.
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor apreciada, las personas aspirantes no presentasen la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se pudiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien de su examen se dedujera que carecen de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.
Noveno.- Oferta de puestos de trabajo.
1. A las personas integrantes de la lista adicional se les ofertan los puestos de trabajo que figuran en el Anexo II de esta Resolución.
2. En el mismo plazo de diez (10) días hábiles a que se refiere el apartado tercero de esta Resolución, las personas integrantes de la lista adicional deberán manifestar su preferencia respecto de tales puestos de trabajo.
3. A fin de cumplimentar este trámite, las personas aspirantes deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10111
4. Si las personas a las que se les oferta el puesto a cubrir no comparecen en el trámite o renuncian a la oferta, tendrá los mismos efectos jurídicos que los previstos respecto al nombramiento de personal funcionario de carrera, decayendo en su derecho a seguir integrando la lista adicional.
Décimo.- Publicación.
Publicar la presente Resolución con sus anexos en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.
…”
| PLAZO PARA ELEGIR PUESTOS Y APORTAR DOCUMENTACIÓN | del 16 al 29 de junio de 2026 |
| LUGAR DE PRESENTACIÓN | Sede Electrónica |
- Ver la Resolución completa en BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026.
CSIF felicita a todos los opositores.
En el BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026, se publica Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 2 de junio de 2026, por la que se hace pública la lista adicional de personas aspirantes de las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Superior de Administración, Escala de Administración General (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019, en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 2/2025, de 26 de junio, y se les ofertan puestos de trabajo a los efectos de manifestar sus preferencias.
Extracto de la Resolución:
“…
RESUELVE: Primero.- Lista adicional de personas aspirantes. Aprobación y vigencia.
1. Aprobar y publicar la lista adicional de las personas aspirantes de las pruebas selectivas para ingresar, por sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administración, Escala de Administración General (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022 (BOC n.º 245, de 15.12.2022), en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 2/2025, de 26 de junio, contenida en el Anexo I de la presente Resolución.
2. La vigencia de la presente lista adicional será de dos años, a contar desde el 17 de marzo de 2025, fecha de publicación de la Resolución de nombramiento del personal funcionario de carrera derivado del proceso selectivo, conforme establece el artículo 8.4 de la precitada Ley 2/2025, de 26 de junio.
Segundo.- Tramitación de urgencia.
Declarar la tramitación de urgencia de este procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la reducción de los siguientes plazos establecidos para el procedimiento ordinario:
a) Plazo de veinte (20) días hábiles para manifestar la preferencia de puestos ofertados y presentar la documentación necesaria para el nombramiento. Se reduce a diez (10) días hábiles.
b) Plazo de diez (10) días hábiles de requerimiento de subsanación en el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero la Administración no hubiese podido comprobar los requisitos para su nombramiento. Se reduce a cinco (5) días hábiles.
Tercero.- Cumplimiento de los requisitos para adquirir la condición de funcionario de carrera.
1. En el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases generales y en el apartado 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento, por parte de las personas aspirantes, en la solicitud de participación en las pruebas.
2. Las personas aspirantes que no hayan prestado el citado consentimiento deberán aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales, a través del formulario disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10110
Cuarto.- Imposibilidad de comprobación del cumplimiento de requisitos.
En el supuesto de que las personas aspirantes hayan prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se les requerirá para que presenten los documentos acreditativos de tales requisitos, concediéndoles para ello un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.
Quinto.- Declaración responsable.
Todas las personas aspirantes, hayan prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberán cumplimentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, la declaración responsable relativa al régimen disciplinario y de inhabilitación previsto en el apartado 14.3 de las bases específicas, mediante la cumplimentación del formulario disponible al efecto en el siguiente enlace de la sede electrónica https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10110
Sexto.- Documentación adicional para familiares de ciudadanos de la Unión Europea.
Las personas a las que hace referencia el apartado 2.1.b) y c) de las bases específicas deberán presentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración responsable o promesa de la persona nacional del Estado Español o de otro Estado Miembro de la Unión Europea de que no está en situación de separación de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive bajo su dependencia económica.
Séptimo.- Capacidad funcional.
1. En lo referido a la acreditación de la capacidad funcional, las personas aspirantes deberán cumplimentar la encuesta previa de salud, a través del formulario establecido al respecto por el Servicio de Inspección Médica habilitado al efecto en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
2. No obstante, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, si la persona aspirante, que es personal funcionario de carrera de esta Administración, se encuentra en situación de servicio activo o lo ha estado en los últimos seis meses anteriores a la fecha de publicación de esta Resolución, no tendrá la obligación de cumplimentar la citada encuesta previa de salud, siendo sustituida por una declaración responsable sobre su estado de salud.
Para cumplimentar esta declaración responsable se deberá acceder al enlace reseñado en el apartado tercero de esta Resolución.
3. Una vez se acceda al citado enlace, quedarán identificadas las personas aspirantes que deben realizar la encuesta previa y las que deben realizar la declaración responsable.
Esta declaración responsable se podrá hacer siempre y cuando la persona en el momento de realizarla no se encuentre en situación de incapacidad laboral temporal o permanente.
Si este fuese el caso, aunque la persona haya sido identificada para hacer la declaración responsable, deberá, sin embargo, cumplimentar la encuesta previa de salud.
Octavo.- Falta de cumplimiento de trámites.
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor apreciada, las personas aspirantes no presentasen la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se pudiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien de su examen se dedujera que carecen de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.
Noveno.- Oferta de puestos de trabajo.
1. A las personas integrantes de la lista adicional se les ofertan los puestos de trabajo que figuran en el Anexo II de esta Resolución.
2. En el mismo plazo de diez (10) días hábiles a que se refiere el apartado tercero de esta Resolución, las personas integrantes de la lista adicional deberán manifestar su preferencia respecto de tales puestos de trabajo.
3. A fin de cumplimentar este trámite, las personas aspirantes deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10110
4. Si las personas a las que se les oferta el puesto a cubrir no comparecen en el trámite o renuncian a la oferta, tendrá los mismos efectos jurídicos que los previstos respecto al nombramiento de personal funcionario de carrera, decayendo en su derecho a seguir integrando la lista adicional.
Décimo.- Publicación.
Publicar la presente Resolución con sus anexos en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.
…”
| PLAZO PARA ELEGIR PUESTOS Y APORTAR DOCUMENTACIÓN | del 16 al 29 de junio de 2026 |
| LUGAR DE PRESENTACIÓN | Sede Electrónica |
- Ver la Resolución completa en BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026.
CSIF felicita a todos los opositores.
En el BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026, se publica Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 2 de junio de 2026, por la que se hace pública la lista adicional de personas aspirantes de las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Técnicos de Prevención (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019, en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 2/2025, de 26 de junio, y se les ofertan puestos de trabajo a los efectos de manifestar sus preferencias.
Extracto de la Resolución:
“…
RESUELVE: Primero.- Lista adicional de personas aspirantes. Aprobación y vigencia.
1. Aprobar y publicar la lista adicional de las personas aspirantes de las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Técnicos de Prevención (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022 (BOC n.º 245, de 15.12.2022), en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 2/2025, de 26 de junio, contenida en el Anexo I de la presente Resolución.
2. La vigencia de la presente lista adicional será de dos años, a contar desde el 20 de febrero de 2025, fecha de publicación de la Resolución de nombramiento del personal funcionario de carrera derivado del proceso selectivo, conforme establece el artículo 8.4 de la precitada Ley 2/2025, de 26 de junio.
Segundo.- Tramitación de urgencia.
Declarar la tramitación de urgencia de este procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la reducción de los siguientes plazos establecidos para el procedimiento ordinario:
a) Plazo de veinte (20) días hábiles para manifestar la preferencia de puestos ofertados y presentar la documentación necesaria para el nombramiento. Se reduce a diez (10) días hábiles.
b) Plazo de diez (10) días hábiles de requerimiento de subsanación en el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero la Administración no hubiese podido comprobar los requisitos para su nombramiento. Se reduce a cinco (5) días hábiles.
Tercero.- Cumplimiento de los requisitos para adquirir la condición de funcionario de carrera.
1. En el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases generales y en el apartado 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento, por parte de la persona aspirante, en la solicitud de participación en las pruebas.
2. Las personas aspirantes que no hayan prestado el citado consentimiento deberán aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales, a través del formulario disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10113
Cuarto.- Imposibilidad de comprobación del cumplimiento de requisitos.
En el supuesto de que las personas aspirantes hayan prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se les requerirá para que presenten los documentos acreditativos de tales requisitos, concediéndoles para ello un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.
Quinto.- Declaración responsable.
Todas las personas aspirantes, hayan prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberán cumplimentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, la declaración responsable relativa al régimen disciplinario y de inhabilitación previsto en el apartado 14.3 de las bases específicas, mediante la cumplimentación del formulario disponible al efecto en el siguiente enlace de la sede electrónica https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10113
Sexto.- Documentación adicional para familiares de ciudadanos de la Unión Europea.
Las personas a las que hace referencia el apartado 2.1.b) y c) de las bases específicas deberán presentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración responsable o promesa de la persona nacional del Estado Español o de otro Estado Miembro de la Unión Europea de que no está en situación de separación de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive bajo su dependencia económica.
Séptimo.- Capacidad funcional.
1. En lo referido a la acreditación de la capacidad funcional, la persona aspirante deberá cumplimentar la encuesta previa de salud, a través del formulario establecido al respecto por el Servicio de Inspección Médica habilitado al efecto en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
2. No obstante, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, si la persona aspirante posee ya la condición de personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con carácter fijo o temporal, encontrándose en el momento de ser nombrada en situación de servicio activo o lo hubiere estado en un momento anterior no superior, como máximo, a los seis (6) meses desde el cese de la situación anterior y siempre y cuando no se hubiesen puesto de manifiesto hechos o circunstancias que aconsejen lo contrario, no tendrá la obligación de cumplimentar la citada encuesta previa de salud, siendo sustituida por una declaración responsable sobre su estado de salud.
Para cumplimentar esta declaración responsable se deberá acceder al enlace reseñado en el apartado tercero de esta Resolución.
3. Una vez se acceda al citado enlace, quedarán identificadas las personas aspirantes que deben realizar la encuesta previa y las que deben realizar la declaración responsable.
Esta declaración responsable se podrá hacer siempre y cuando la persona en el momento de realizarla no se encuentre en situación de incapacidad laboral temporal o permanente.
Si este fuese el caso, aunque la persona haya sido identificada para hacer la declaración responsable, deberá, sin embargo, cumplimentar la encuesta previa de salud.
Octavo.- Falta de cumplimiento de trámites.
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor apreciada, las personas aspirantes no presentasen la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se pudiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien de su examen se dedujera que carecen de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.
Noveno.- Oferta de puestos de trabajo.
1. A las personas integrantes de la lista adicional se les ofertan los puestos de trabajo que figuran en el Anexo II de esta Resolución.
2. En el mismo plazo de diez (10) días hábiles a que se refiere el apartado tercero de esta Resolución, las personas integrantes de la lista adicional deberán manifestar su preferencia respecto de tales puestos de trabajo.
3. A fin de cumplimentar este trámite, las personas aspirantes deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10113
4. Si las personas a las que se les oferta el puesto a cubrir no comparecen en el trámite o renuncian a la oferta, tendrá los mismos efectos jurídicos que los previstos respecto al nombramiento de personal funcionario de carrera, decayendo en su derecho a seguir integrando la lista adicional.
Décimo.- Publicación.
Publicar la presente Resolución con sus anexos en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.
…”
| PLAZO PARA ELEGIR PUESTOS Y APORTAR DOCUMENTACIÓN | del 16 al 29 de junio de 2026 |
| LUGAR DE PRESENTACIÓN | Sede Electrónica |
- Ver la Resolución completa en BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026.
CSIF felicita a todos los opositores.
En el BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026, se publica Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 2 de junio de 2026, por la que se hace pública la lista adicional de personas aspirantes de las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Trabajo Social (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019, en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 2/2025, de 26 de junio, y se les ofertan puestos de trabajo a los efectos de manifestar sus preferencias.
Extracto de la Resolución:
“…
RESUELVE: Primero.- Lista adicional de personas aspirantes. Aprobación y vigencia.
1. Aprobar y publicar la lista adicional de las personas aspirantes de las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Trabajo Social (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022 (BOC n.º 245, de 15.12.2022), en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 2/2025, de 26 de junio, contenida en el Anexo I de la presente Resolución.
2. La vigencia de la presente lista adicional será de dos años, a contar desde el 20 de febrero de 2025, fecha de publicación de la Resolución de nombramiento del personal funcionario de carrera derivado del proceso selectivo, conforme establece el artículo 8.4 de la precitada Ley 2/2025, de 26 de junio.
Segundo.- Tramitación de urgencia.
Declarar la tramitación de urgencia de este procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la reducción de los siguientes plazos establecidos para el procedimiento ordinario:
a) Plazo de veinte (20) días hábiles para manifestar la preferencia de puestos ofertados y presentar la documentación necesaria para el nombramiento. Se reduce a diez (10) días hábiles.
b) Plazo de diez (10) días hábiles de requerimiento de subsanación en el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero la Administración no hubiese podido comprobar los requisitos para su nombramiento. Se reduce a cinco (5) días hábiles.
Tercero.- Cumplimiento de los requisitos para adquirir la condición de funcionario de carrera.
1. En el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases generales y en el apartado 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento, por parte de las personas aspirantes, en la solicitud de participación en las pruebas.
2. Las personas aspirantes que no hayan prestado el citado consentimiento deberán aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales, a través del formulario disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10112
Cuarto.- Imposibilidad de comprobación del cumplimiento de requisitos.
En el supuesto de que las personas aspirantes hayan prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se les requerirá para que presenten los documentos acreditativos de tales requisitos, concediéndoles para ello un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.
Quinto.- Declaración responsable.
Todas las personas aspirantes, hayan prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberán cumplimentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, la declaración responsable relativa al régimen disciplinario y de inhabilitación previsto en el apartado 14.3 de las bases específicas, mediante la cumplimentación del formulario disponible al efecto en el siguiente enlace de la sede electrónica https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10112
Sexto.- Documentación adicional para familiares de ciudadanos de la Unión Europea.
Las personas a las que hace referencia el apartado 2.1.b) y c) de las bases específicas deberán presentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración responsable o promesa de la persona nacional del Estado Español o de otro Estado Miembro de la Unión Europea de que no está en situación de separación de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive bajo su dependencia económica.
Séptimo.- Capacidad funcional.
1. En lo referido a la acreditación de la capacidad funcional, las personas aspirantes deberán cumplimentar la encuesta previa de salud, a través del formulario establecido al respecto por el Servicio de Inspección Médica habilitado al efecto en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
2. No obstante, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, si la persona aspirante posee ya la condición de personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con carácter fijo o temporal, encontrándose en el momento de ser nombrada en situación de servicio activo o lo hubiere estado en un momento anterior no superior, como máximo, a los seis (6) meses desde el cese de la situación anterior y siempre y cuando no se hubiesen puesto de manifiesto hechos o circunstancias que aconsejen lo contrario, no tendrá la obligación de cumplimentar la citada encuesta previa de salud, siendo sustituida por una declaración responsable sobre su estado de salud.
Para cumplimentar esta declaración responsable se deberá acceder al enlace reseñado en el apartado tercero de esta Resolución.
3. Una vez se acceda al citado enlace, quedarán identificadas las personas aspirantes que deben realizar la encuesta previa y las que deben realizar la declaración responsable.
Esta declaración responsable se podrá hacer siempre y cuando la persona en el momento de realizarla no se encuentre en situación de incapacidad laboral temporal o permanente.
Si este fuese el caso, aunque la persona haya sido identificada para hacer la declaración responsable, deberá, sin embargo, cumplimentar la encuesta previa de salud.
Octavo.- Falta de cumplimiento de trámites.
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor apreciada, las personas aspirantes no presentasen la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se pudiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien de su examen se dedujera que carecen de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.
Noveno.- Oferta de puestos de trabajo.
1. A las personas integrantes de la lista adicional se les ofertan los puestos de trabajo que figuran en el Anexo II de esta Resolución.
2. En el mismo plazo de diez (10) días hábiles a que se refiere el apartado tercero de esta Resolución, las personas integrantes de la lista adicional deberán manifestar su preferencia respecto de tales puestos de trabajo.
3. A fin de cumplimentar este trámite, las personas aspirantes deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10112
4. Si las personas a las que se les oferta el puesto a cubrir no comparecen en el trámite o renuncian a la oferta, tendrá los mismos efectos jurídicos que los previstos respecto al nombramiento de personal funcionario de carrera, decayendo en su derecho a seguir integrando la lista adicional.
Décimo.- Publicación.
Publicar la presente Resolución con sus anexos en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.
…”
| PLAZO PARA ELEGIR PUESTOS Y APORTAR DOCUMENTACIÓN | del 16 al 29 de junio de 2026 |
| LUGAR DE PRESENTACIÓN | Sede Electrónica |
- Ver la Resolución completa en BOC nº 118 del lunes 15 de junio de 2026.
CSIF felicita a todos los opositores.
Mas información en nuestra sección Ejecución OEP AGCA.
Canarias, a 17 de junio de 2026.