Resolución de 22/1/2025 de la DGFP, nuevos criterios de gestión de la publicidad y de la protección de datos personales de los procesos de selección, para la ejecución de la OEP de AG del 2021

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Resolución de 22/1/2025 de la DGFP, nuevos criterios de gestión de la publicidad y de la protección de datos personales de los procesos de selección, para la ejecución de la OEP de AG del 2021.

En el BOC nº 23 del martes 4 de febrero de 2025, se publica la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 22 de enero de 2025, por la que se adoptan nuevos criterios de gestión de la publicidad y de la protección de datos personales de los procesos de selección de personal al servicio de esta Administración, competencia de esta Dirección General, para la ejecución de la Oferta de Empleo Público de Administración General del año 2021.

Para ver las Ofertas de Empleo Público (OEP) de la Administración General de la Comunidad Autónoma (AGCA), acceda nuestro apartado: Publicación OEP AGCA.

 

Extracto de la Resolución:

RESUELVO:

Primero.- Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto establecer una serie de criterios de gestión en relación con la publicidad y la protección de datos de los procesos selectivos de personal funcionario de carrera al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de la Oferta de Empleo Público de Administración General del año 2021, que se adicionan a los ya establecidos mediante la Resolución n.º 21, de marzo de 2024 (BOC n.º 68, de 5.4.2024).

Esta Resolución carece de naturaleza regulatoria sobre el deber de publicidad de la actividad selectiva, limitándose a establecer, de acuerdo con la normativa vigente, criterios de gestión en la publicación de actos, y en tal sentido debe ser aplicada e interpretada.

Segundo.- Espacio web.

1. El órgano convocante habilitará un espacio web para los procesos de selección en la que se reflejarán de forma diferencia los procesos por Oferta de Empleo Público, por turno de acceso y por Cuerpo, Escala, Especialidad o Agrupación Profesional.

2. En dicho espacio web se difundirán el acto de convocatoria y sus bases, la designación del tribunal calificador y los actos de trámite y resolutorios que se vayan dictando a lo largo del proceso selectivo.

3. En el citado espacio web se difundirán también los comunicados y demás informaciones de general interés en relación con el proceso selectivo.

Tercero.- Convocatoria de proceso selectivo.

La resolución de convocatoria y las bases específicas que han de regirla serán publicadas en el Boletín Oficial de Canarias.

La convocatoria y sus bases también estarán difundidas en el espacio web del proceso selectivo.

Cuarto.- Resolución por la que se aprueben las listas de personas admitidas y excluidas, provisional y definitivas (artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo).

1. El órgano convocante publicará en el Boletín Oficial de Canarias las resoluciones por las que aprueben las listas provisiones y definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, siendo dichas resoluciones también difundidas en el espacio web del proceso selectivo.

2. En las citadas resoluciones se indicará que los listados estarán a disposición de las personas interesadas en el espacio web del proceso selectivo pudiendo acceder a estas previa identificación digital de las personas interesadas.

Quinto.- Actos de trámite a lo largo del proceso selectivo.

Los actos y resoluciones que deban dictarse a lo largo del proceso selectivo por parte del órgano convocante o por el tribunal calificador serán objeto de publicación en el espacio web del proceso selectivo.

Cuando dichos actos contengan datos personales se establecerán las medidas de privacidad correspondientes respecto de aquellos datos que cuenten con una especial protección legal, sin perjuicio de aquellos que por tal razón deban ser objeto de notificación individualizada a la persona interesada.

Sexto.- Actos de selección y de nombramiento o contratación.

Conforme a lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la lista de personas seleccionadas y la resolución del órgano convocante por la que se nombre o acuerde la contratación serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, conteniendo únicamente dicha publicación el nombre y apellidos, el número de documento oficial de identidad con las medidas de privacidad correspondientes y el puesto adjudicado.

Séptimo.- Deber de sigilo.

Las personas interesadas en un procedimiento selectivo que por tal razón accedan a los datos de terceras personas tienen el deber legal de sigilo y confidencialidad.

Octavo.- Medidas adicionales.

En la medida en que la Dirección General de la Función Pública continúe implementando nuevas medidas de protección y mejora de calidad de gestión de datos personales y de publicidad, se irán adicionando a los procesos selectivos, mediante resolución de aprobación.

Noveno.- Temporalidad de la publicidad.

1. El acceso a los actos y resoluciones del proceso selectivo, en el espacio web del proceso selectivo, concluirá una vez se haya ejecutado completamente la Oferta de Empleo Público de la que dimane el proceso selectivo.

A partir de ese momento el acceso a dicha información se deberá llevar a cabo conforme a la legislación reguladora del derecho de acceso a la información pública.

2. En todo caso, se mantendrá en el espacio web la información relativa a las resoluciones de convocatorias de procesos selectivos que se hayan realizado.

Décimo.- Difusión.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y se difundirá en la página web de la Dirección General de la Función Pública.

Más información:

 


 

Mas información en nuestra sección Ejecución OEP AGCA.

 
Canarias, a 5 de febrero de 2025.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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