Remitido el 17/6/2014:
CSI·F INFORMA:
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Bilbao, ha fallado mediante Sentencia Firme, que los días libres adicionales por antigüedad vigentes antes de la aprobación del Real Decreto Ley 20/2012, conocidos como días canosos no pueden suprimirse.
Lo dispuesto en el citado decreto, sobre vacaciones y días de asuntos particulares, días adicionales… no impide que los empleados públicos disfruten los días hábiles adicionales de vacaciones y los días hábiles de libre disposición por trienios de antigüedad ya consolidados a la fecha de entrada en vigor del citado Decreto.
Para ver más información, haga clic aquí.
Más información relacionada, haga clic aquí.
Si desea verlo en el móvil, utilice el siguiente código QR:

Le agradecemos su colaboración.
Continuaremos informando a medida que recibamos novedades.
Canarias, a 17 de junio de 2014.