RECUPERACIÓN DIAS CANOSOS

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Remitido el 17/6/2014:

CSI·F INFORMA:

 

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Bilbao, ha fallado mediante Sentencia Firme, que los días libres adicionales por antigüedad vigentes antes de la aprobación del Real Decreto Ley 20/2012, conocidos como días canosos no pueden suprimirse.

Lo dispuesto en el citado decreto, sobre vacaciones y días de asuntos particulares, días adicionales… no impide que los empleados públicos disfruten los días hábiles adicionales de vacaciones y los días hábiles de libre disposición por trienios de antigüedad ya consolidados a la fecha de entrada en vigor del citado Decreto.

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Canarias, a 17 de junio de 2014.

CSIF, sector Autonómico de Canarias
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