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PROCESOS ESTABILIZACIÓN 2022 EN AGCA: criterios de la DGFP para declaración de oficio, de los derechos económicos y profesionales por el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (AGCA) en virtud de un proceso extraordinario de estabilización (PEE) (Reso. 532/2025 de 27/1/2025).
La Dirección General de la Función Pública ha dictado la Resolución 532 de 27 de enero de 2025 por la que se declara, de oficio, el derecho a la preservación de los derechos económicos y profesionales del personal temporal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias que, en virtud de un proceso extraordinario de estabilización, sin solución de continuidad, adquieren la condición de personal fijo y se dictan instrucciones de gestión.
Por lo tanto, tras la superación de los procesos de estabilización de oficio de reconocerá los servicios previos, días en SICHO, grado consolidado, etc.
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Extracto de la Resolución:
“…
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto establecer un conjunto de criterios de actuación de la Dirección General de la Función Pública, en el ámbito del Sistema de Información de Recursos Humanos, respecto a la declaración, de oficio, de los derechos económicos y profesionales adquiridos por el personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias que, con vínculo jurídico temporal, sin solución de continuidad, adquieren, en virtud de un proceso extraordinario de estabilización, la condición de personal fijo.
Segundo. Aplicación.
La presente resolución se aplicará al personal temporal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias que, en virtud de un proceso extraordinario de estabilización, adquieren la condición de personal fijo, siempre y cuando se trate de la misma naturaleza jurídica de vínculo, esto es, o bien de personal funcionario interino a personal funcionario de carrera o bien de personal laboral temporal a personal laboral fijo.
Tercero. Preservación de derechos.
1. Se declara, de oficio, la preservación de los derechos económicos y profesionales adquiridos durante la vigencia del vínculo temporal, sin solución de continuidad, en el momento en que se efectué la toma de posesión y con ello la adquisición de la condición de personal fijo, tras haber sido la persona nombrada como personal funcionario de carrera o contratada como personal laboral fijo, en virtud de un proceso extraordinario de estabilización.
2. La Dirección General de la Función Pública, a través del Sistema de Información de Recursos Humanos, procederá de oficio, a llevar a cabo las actuaciones materiales necesarias para ejecutar la preservación de derechos lo que se replicará en el Sistema Integral de Control Horario a los efectos de los derechos profesionales vinculados a la antigüedad.
3. La preservación de derechos no obstará el cumplimiento del deber de permanencia en el primer destino adjudicado.
4. Respecto al personal funcionario de carrera, el grado personal se sujetará a su régimen jurídico vinculado al primer destino adjudicado.
Cuarto. Reconocimiento de otros servicios previos.
Lo previsto en el apartado Tercero de esta resolución no obstará que la persona nombrada o contratada solicite, tras su toma de posesión, el reconocimiento de servicios previos que pudiera detentar derivados de otras relaciones jurídicas anteriores o bien instar la modificación, si procede, de los derechos preservados.
Quinto. Personal que adquiere un vínculo jurídico de naturaleza distinta.
El personal temporal al servicio de esta Administración Pública que adquiera la condición de personal fijo en virtud de un proceso extraordinario de estabilización, pero con un vínculo jurídico distinto, deberá en todo caso, solicitar el reconocimiento de sus servicios previos.
Sexto. Comunicación.
La presente resolución se comunicará a los Servicios de la Dirección General de la Función Pública competentes en materia de régimen y registro, de planificación y ordenación de recursos humanos, de régimen jurídico y de selección de personal, a los centros gestores de personal de los departamentos y organismos públicos, así como se difundirá en el portal web de personal.
…”
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Continuaremos informando de todas las novedades.
Canarias, a 28 de enero de 2025.