CSIF solicita la retirada del borrador de “Fijación de los criterios para la recuperación de la actividad administrativa presencial” incluida en la MGNEP del 11/10/2021

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CSIF solicita la retirada del borrador de “Fijación de los criterios para la recuperación de la actividad administrativa presencial” incluida en la MGNEP del 11 de octubre de 2021.


El 1 de octubre de 2021 se ha recibido correo electrónico convocando sesión de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos (MGNEP) de la Comunidad Autónoma de Canarias, a celebrar el 11 de octubre de 2021, conforme al siguiente orden del día:

• Primero. Fijación de los criterios para la recuperación de la actividad administrativa presencial.

• Segundo. Ruegos y Preguntas.

A dicha convocatoria se ha adjuntado borrador de resolución de la Dirección General de la Función Pública por la que se fijan los criterios para la recuperación de la actividad administrativa presencial ante la evolución de la situación sanitaria derivada del Covid-19.

Según dicho borrador, desde el 1 de noviembre de 2021 y mientras permanezca la pandemia, el personal de la Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que no esté excluido del ámbito de aplicación y pretenda prestar sus servicios bajo la modalidad de trabajo a distancia solo podrá hacerlo:

– Parcialmente, con carácter general, un día a la semana.

– Más de un día a la semana, también parcialmente, pero no todos los días, cuando existan limitaciones físicas en los espacios de trabajo que se compartan, que impidan garantizar la distancia de seguridad entre el personal y la ciudadanía y su debida ventilación.

– Totalmente, cuando sea considerado por el servicio de prevención correspondiente como especialmente sensible por inmunodeficiencia o en tratamiento por cáncer, o en los supuestos que se determinen por la autoridad sanitaria en función de las recomendaciones que se establezcan por el servicio de prevención en cada caso, así como cuando se encuentre guardando la cuarentena obligatoria en relación con la COVID-19, debidamente justificada, o cuando la cuarentena afecte a las personas menores o dependientes a su cargo.

En dicho borrador también se regulan otros aspectos relativos al trabajo a distancia mientras permanezca la pandemia, entre los que se encuentran: el régimen de jornadas y horarios; el exceso de jornada y realización de horas y servicios extraordinarios y; el sistema de control horario.

Teniendo en cuenta, por un lado, que, conforme a lo previsto en la disposición final segunda del Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgente en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Administración general de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, se debía haber regulado el teletrabajo, antes del 1 de abril de 2021, lo que hubiera permitido que, a día de hoy, la prestación de servicios mediante tal modalidad no estuviera vinculada a lo señalado en resoluciones dictadas circunstancialmente para combatir los efectos de la COVID-19, de manera que se estaría ejerciendo un derecho reconocido desde el 1 de octubre de 2020 por el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y, por otro lado, que, el 24 de septiembre de 2021 se constituyó el Grupo de Trabajo para la Regulación del Teletrabajo en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el objetivo de tener redactado, a lo sumo el 1 de diciembre de 2021, un borrador de proyecto de decreto sobre tal materia, el sindicato CSIF considera precipitado el borrador de resolución que se nos ha remitido para su negociación, puesto que, con carácter general, solo posibilita el teletrabajo en menor número de días que el que, a buen seguro, será señalado en el Decreto que en su día lo regule.

Por tal razón, el sindicato CSIF se opone rotundamente a que, con carácter general, solo pueda autorizarse un día a la semana para la prestación del servicio a distancia, por lo que ha solicitado de la Dirección General de la Función Pública la retirada del borrador de resolución por la que se fijan los criterios para la recuperación de la actividad administrativa presencial ante la evolución de la situación sanitaria derivada del Covid-19.

LA VERDAD POR DELANTE.

CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO

 


 

Descargar comunicado completo de CSIF pdfminiicon

 


 

Más información en:

Canarias, a 4 de octubre de 2021.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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