Convocatoria de actividades formativas del Programa de Formación General y Programa de Formación Interadministrativa. Plan de formación ICAP 2023

Share

 

CSIF TE INFORMA

Convocatoria de actividades formativas del Programa de Formación General y Programa de Formación Interadministrativa. Plan de formación ICAP 2023.

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias número 89 de fecha 9 de mayo de 2023, la Resolución de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP) de 4 de mayo de 2023, por la que se convocan las actividades formativas del Programa de Formación General y del Programa de Formación Interadministrativa, incluidas en el Plan de Formación para el año 2023 en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.

El pasado día 8 de mayo de 2023, comunicamos el Plan de formación del ICAP para 2023.

Destacamos:

  • Plazo de inscripción: comienza el 10 y finaliza el 26 de mayo de 2023 inclusive.
  • El Plan de Formación se ejecutará desde el mes de junio hasta diciembre de 2023.
  • Máximo de solicitudes: Hasta un máximo de seis (6) actividades formativas incluidas en los Anexos I y II.
  • Podrán solicitar la inscripción a los cursos en el siguiente enlace (se requiere, para la inscripción, el usuario y contraseña del Gobierno de Canarias o alguno de los certificados electrónicos reconocidos por la Administración):
  • flechaderechaSOLICITUDES

 


 

Resolución de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP) de 4 de mayo de 2023, por la que se convocan las actividades formativas del Programa de Formación General y del Programa de Formación Interadministrativa, incluidas en el Plan de Formación para el año 2023 en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.

Extracto de la convocatoria:

  • Primera.- Ámbito de aplicación de la convocatoria y requisitos de las personas solicitantes.
  • 1.- El destinatario de las actividades formativas detalladas en el Anexo I “Programa de Formación General” es el personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos que reúna los requisitos especificados para cada una de ellas, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los grupos profesionales equivalentes del personal laboral y a los Cuerpos de la Administración de Justicia en Canarias.

    2.- El destinatario de las actividades formativas detalladas en el Anexo II “Programa de Formación Interadministrativa” es el personal empleado público contemplado en el párrafo anterior y el personal empleado público al servicio de todas las Administraciones Públicas en Canarias (Administración Local y General del Estado) que reúna los requisitos especificados para cada una de ellas.

    Podrá también tener acceso a estas actividades el personal de Administración y Servicios (PAS) de las Universidades públicas en Canarias y del Parlamento de Canarias en ejecución de convenio y que igualmente reúna los requisitos especificados para cada una de ellas.

    3.- Si el destinatario de las actividades formativas perdiera su condición de empleado público tras la presentación de su solicitud, no podrá participar en las actividades formativas que haya solicitado debiendo necesariamente comunicar esta situación al ICAP a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org

    4.- No podrá solicitar ninguna actividad formativa el personal docente y el personal sanitario.

  • Segunda.- Base de datos de alumnado del ICAP.
  • 1.- El personal empleado público que desee solicitar actividades formativas debe figurar en la base de datos de alumnado del ICAP.

    2.- En la Secretaría Virtual del ICAP el alumnado que ya consta en la base de datos del ICAP puede observar los datos obrantes, tanto personales como administrativos.

    3.- Si sus datos no estuvieran actualizados podrá modificarlos directamente en la pestaña “Mis datos personales” en la Secretaría Virtual con la salvedad de aquellos en que se exija su modificación conforme se establece en la base siguiente.

  • Tercera.- Alta o modificación de datos personales y administrativos de las personas solicitantes y plazo.
  • Cuarta.- Solicitudes y acceso a la Secretaría Virtual del ICAP.
  • 1.- El personal empleado público que reúna los requisitos especificados podrá solicitar un número máximo de seis (6) actividades formativas incluidas en los Anexos I y II.

    2.- Quienes deseen participar en las actividades programadas, deberán solicitarlo a través de la Secretaría Virtual del ICAP, en el siguiente enlace https://www3.gobiernodecanarias.org/aplicaciones/gesforsvcor/.

    El acceso por parte del personal empleado público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos podrá llevarse a cabo mediante usuario y contraseña corporativos, certificado digital y/o Sistema Cl@ve.

    El acceso por parte del personal empleado público distinto del anterior podrá llevarse a cabo mediante certificado digital y/o Sistema Cl@ve.

    3.- La presentación de solicitudes implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.

    4.- Cuando en los anexos se prevean actividades formativas en que se contemple preferencia por razón de funciones en el puesto de trabajo, esta preferencia será únicamente tenida en cuenta cuando dichas funciones hayan sido seleccionadas al cumplimentar las solicitudes.

  • Quinta.- Plazo de presentación de solicitudes.
  • 1.- El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y hasta el día 26 de mayo de 2023 inclusive.

    2.- No podrán presentarse solicitudes fuera del plazo establecido en el apartado anterior.

  • Sexta.- Modalidades de formación.
  • Séptima.- Selección y ordenación de personas solicitantes.
  • Octava.- Comunicación al personal seleccionado con plaza y trámite para su admisión.
  • Novena.- Condiciones de asistencia y participación de personas admitidas.
  • 1.- La asistencia y participación a las actividades formativas una vez confirmada, es obligatoria.

    No serán atendidas circunstancias que pretendan justificar la inasistencia o ausencia de participación.

    2.- En las actividades formativas de la modalidad presencial el alumnado admitido que no se presentara en los primeros treinta minutos de la primera sesión, perderá la condición de admitido.

  • Décima.- Condiciones de participación de personas reservas.
  • Decimoprimera.- Renuncias y penalización de las personas admitidas.
  • 1.- El personal empleado público que haya aceptado su participación en la edición formativa y no pueda asistir o participar, deberá comunicar su renuncia al ICAP en tiempo, forma y a través del medio indicado en la presente base.

    La renuncia deberá comunicarse con carácter inmediato al ICAP para facilitar la admisión de otros participantes. En todo caso, el plazo máximo para su comunicación será hasta el día en que finalice la edición formativa.

    La renuncia no presentada en tiempo y forma implicará penalización conforme a lo dispuesto en la presente base.

    La renuncia deberá cumplimentarse a través del formulario que se encuentra en la web del ICAP www.gobiernodecanarias.org/administracionespublicas/formacion/icap en el apartado “Temas-Alumnado”.

    El formulario de renuncia deberá ser enviado a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org

    Lo previsto en la presente base no resultará de aplicación para las personas integrantes de la lista de reserva.

    2.- La renuncia no dará lugar a penalización cuando se presente cumpliendo los siguientes tres requisitos y cualquiera de las causas que se relacionan a continuación:

  • Decimosegunda.- Tipos de certificado y requisitos para su obtención.
  • 1.- El ICAP podrá otorgar certificado de asistencia o de aprovechamiento. En los anexos de la presente Resolución se contemplan específicamente los tipos de certificados que serán otorgados para las actividades convocadas.

    En las actividades formativas de modalidad presencial (P) y presencial en línea (PL) podrá otorgarse certificado de asistencia o de aprovechamiento.

    Se otorgará certificado de asistencia al alumnado que participe como mínimo en un 70 por ciento de las horas lectivas programadas y se otorgará certificado de aprovechamiento al alumnado que participe como mínimo en un 70 por ciento de las horas lectivas programadas y que acredite un conocimiento adecuado de las materias objeto de la actividad formativa a través de la realización y superación de las pruebas, actividades o presentación de trabajos prácticos establecidos en la edición formativa.

  • Decimotercera.- Consulta y descarga de certificados.
  • Los certificados en formato electrónico se encuentran disponibles en la Secretaría Virtual del ICAP.

    En la pestaña Mis Certificados de la Secretaría Virtual se podrá acceder a los certificados de las actividades formativas correspondientes al año en curso pudiendo consultar por otras anualidades y proceder a su descarga.

  • Decimocuarta.- Cláusula de modificación.
  • Decimoquinta.- Derechos de inscripción y financiación.
  • Decimosexta.- Protección de datos.
  • Decimoséptima- Recursos.

flechaderechaPara ver convocatoria, acceda al Boletín Oficial de Canarias nº 89.

 


flechaderechaSOLICITUDES.


 

Más información en:

 
Canarias, a 9 de mayo de 2023.

CSIF, sector autonómico de Canarias

  masinfomini buzonsugerenciasmini listadistribucionmini  

Share