Circular nº 2/2020, de 4 de diciembre, fiestas navideñas del año 2020

Share

 

CSIF TE INFORMA

Circular nº 2/2020, de 4 de diciembre, fiestas navideñas del año 2020.

La Dirección General de la Función Pública ha dictado el 4 de diciembre de 2020, la Circular nº 2/2020, sobre dispensa del servicio, adaptación del horario de trabajo y disfrute de asuntos particulares durante las fiestas navideñas del año 2020 para el personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Lamentamos que no se extienda el plazo del disfrute, tal y como lo solicitamos desde CSIF, pero que informaremos más adelante.

Extracto del texto normativo:

R E S U E L V O:

Primera. – Dispensa en la prestación del servicio.

1. Las sedes oficiales, servicios y centros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias permanecerán cerradas los días 24 y 31 de diciembre 2020, salvo aquellos que conforme a su normativa reguladora deban permanecer abiertos.
2. Estos días, el personal que se encuentre en situación de servicio activo, quedará dispensado de asistir al trabajo, con retribución, y sin que concurra la obligación de recuperar el horario.
3. El personal que deba prestar servicios los días 24 y 31 de diciembre por su adscripción a servicios públicos, que, conforme a su normativa reguladora, deban permanecer abiertos, tendrán derecho a disfrutar de un día de dispensa por cada uno de los anteriores. Estos días adicionales podrán disfrutarse como máximo hasta el último día hábil del mes de marzo de 2021.

Segundo. – Disfrute de los días de asuntos particulares y días hábiles adicionales de permiso.

1. Para el disfrute de los días de asuntos particulares y días hábiles adicionales de permiso que no hayan sido previamente agotados, se establecerán dos turnos que se corresponden con los siete primeros días hábiles y los siete últimos días hábiles de cada anualidad, no computando a tal efecto los días 24 y 31 de diciembre.
2. Para estas fiestas navideñas estarán comprendidos entre los días que a continuación se indican:
– Primer turno: Los días 18, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de diciembre de 2020.
– Segundo turno: Los días 4, 5, 7, 8, 11, 12 y 13 de enero de 2021.

Tercero. – Garantía en la prestación del servicio.

La flexibilidad para disfrutar los días de asuntos particulares estará subordinada a las necesidades y al buen funcionamiento del servicio correspondiente.

Cuarto. – Adaptación del horario de trabajo.

1. Entre los días 18 de diciembre de 2020 y 13 de enero de 2021, ambos inclusive, la jornada ordinaria se adaptará en el sentido de reducirse una (1) hora diaria, resultando un total de 30 horas semanales durante ese periodo.
2. La reducción de una hora diaria no podrá disfrutarse de forma acumulada.
3. Durante el citado periodo, la parte fija del horario será de veinte horas semanales, a razón de cuatro horas diarias, entre las 9,00 y las 13,00 horas y la parte flexible entre las 7,00 y las 9,00 horas y entre las 13,00 y las 16,00 horas, sin perjuicio de las excepciones y adaptaciones respecto del control de la parte fija previstas en la Resolución de este centro directivo núm. 505, de 19 de mayo de 2020, por la que se establece el marco organizativo y se fijan los criterios de recuperación gradual de la actividad administrativa presencial en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de los planes de desescalada del COVID-19.
4. En estos periodos la jornada mínima diaria será de cinco horas.
5. La referencia al horario efectuada en los puntos anteriores se entiende sin perjuicio de lo previsto, respecto a la flexibilización de la parte fija del horario para la conciliación de la personal, familiar y laboral en la mencionada Resolución nº 669/2019, de 8 de julio.
6. La adaptación horaria producida con ocasión de las fiestas navideñas se recuperará, en los casos que sea necesario para cumplir la jornada establecida en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019, en la forma que se determine por esta Dirección General de la Función Pública.

Quinto. – Regímenes especiales y excepciones.

 

Correo de la DGFP el 10 de diciembre de 2020:

Buenos días,

Desde esta Dirección General de la Función Pública se ha emitido Circular nº 2, de 4 de diciembre de 2020, sobre dispensa del servicio, adaptación horaria y disfrute de días de asuntos particulares durante las fiestas navideñas del año 2020, con el objeto de establecer un régimen uniforme para el personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dicha Circular se refiere a:

– la dispensa en la prestación del servicio los días 24 y 31 de diciembre de 2020.
– la reducción de la jornada de trabajo entre los días 18 de diciembre de 2020 y 13 de enero de 2021, ambos inclusive.
– los turnos para el disfrute de los días de asuntos particulares: Primer turno: Los días 18, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de diciembre de 2020 y segundo turno: Los días 4, 5, 7, 8,11, 12 y 13 de enero de 2021.

Su texto íntegro se publicará en el Portal de Personal (hexágono de “Comunicados, Circulares, Anuncios y Resoluciones” y Agenda de Eventos) y en el apartado normativa de la web del Sistema Integral de Control Horario(SICHO).

Un cordial saludo

Laura María Martín Pérez
Directora General de la Función Pública
Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
Gobierno de Canarias
funcionpublica@gobiernodecanarias.org
https://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp/index.jsp

Vea la circular de la DG de la Función Pública:

Descargar Circular pdfminiicon

 


 

Más información en:

  • Más información en nuestra sección Permisos.

 
Canarias, a 11 de diciembre de 2020.

CSIF, sector autonómico de Canarias

  masinfomini buzonsugerenciasmini listadistribucionmini  

Share