Anticipos reintegrables 2017

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CSIF INFORMA

Anticipos reintegrables CAC para 2017.

Con la publicación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017, se cambia las condiciones de los anticipos reintegrables, regulándose las nuevas condiciones en la disposición adicional décimo tercera que se concederán hasta un importe de tres mensualidades o un importe máximo de 5.000 de euros.

Solicitud de anticipo reintegrable:

flechaderechaSolicitud de anticipo de 2017 eliminada. Utilice el modelo de 2018.

 

RECUERDE:

  • Importe: máximo 3 mensualidades, incluyendo retribuciones fijas y periódicas, NO PUDIENDO SUPERAR EL LÍMITE DE CINCO MIL EUROS (5.000 €).
  • Plazo para presentar solicitud: del 1 al 5 de cada mes.
  • Lugar de presentación: en los registros de las Secretarías Generales Técnicas u órganos equivalentes en los cuales se encuentre prestando servicio el empleado público que solicita el anticipo reintegrable, sin perjuicio de su presentación en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (actual artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
  • Concesión: serán resueltas atendiendo a la fecha y hora de entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
  • Plazo de amortización: descuento a partir del mes siguiente a su abono, no pudiendo ser SUPERIOR A 18 MESES.
  • Plazo de resolución de la solicitud: 2 MESES.
  • Sentido del silencio administrativo: negativo.

flechaderechaMÁS INFORMACIÓN, ver el apartado anticipos.

 

Canarias, a 2 de febrero de 2017.

CSI·F, sector autonómico de Canarias

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