Anticipo reintegrables 2015

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Remitido el 07/01/2015:

CSI·F

 

CSI·F INFORMA:

 

Se ha publicado en el Boletín Oficial número 3, de fecha 7 de enero de 2015, ORDEN de 30 de diciembre de 2014, por la que se regulan los anticipos reintegrables para el personal al servicio del sector público autonómico con presupuesto limitativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Para ver la Orden, pulsar aquí.

Para ver más información sobre los anticipos, así como la solicitud, vea el apartado “Anticipos” del Blog de CSI·F, pulsar aquí.

 

RECORDATORIO, ANTICIPOS DEL 1 AL 5:

 

flechaderechaSolicitud de anticipo de 2015 eliminada. Utilice el modelo de 2016.

 

RECUERDE:

  • Importe: máximo 2 mensualidades, incluyendo retribuciones fijas y periódicas, NO PUDIENDO SUPERAR EL LÍMITE DE TRES MIL EUROS (3.000 €).
  • Plazo para presentar solicitud: del 1 al 5 de cada mes.
  • Lugar de presentación: en los registros de las Secretarías Generales Técnicas u órganos equivalentes en los cuales se encuentre prestando servicio el empleado público que solicita el anticipo reintegrable, sin perjuicio de su presentación en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Concesión: serán resueltas atendiendo a la fecha y hora de entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
  • Plazo de amortización: descuento a partir del mes siguiente a su abono, no pudiendo ser SUPERIOR A 18 MESES.

flechaderechaMÁS INFORMACIÓN, ver el apartado anticipos

flechaderechaMÁS INFORMACIÓN sobre el personal laboral y funcionario de administración y servicios (no docentes), ver el apartado anticipos

flechaderechaTENER EN CUENTA LA TRIBUTACIÓN A IRPF, ver el apartado IRPF

 
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Canarias, a 7 de enero de 2015.

CSIF, sector Autonómico de Canarias
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